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Una obra social deberá cubrir un tratamiento de fertilización PDF Imprimir E-Mail
Escrito por Redacción   
27-10-09----07:26
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A través de una medida cautelar la Justicia Federal le ordenó a DOSPU la cobertura total de las prácticas médicas para lograr el embarazo en una mujer con problemas de esterilidad. Aseguran que es un derecho constitucional.

Una nueva oportunidad se abre en San Luis para las parejas que buscan tener hijos y que, por diversos factores de salud y económicos, no lo han logrado. Fijando antecedente en la provincia y a través de una medida cautelar, la Justicia Federal obligó a la obra social de los universitarios -DOSPU- a cubrir la totalidad del tratamiento de fertilización asistida a un matrimonio puntano. De esta forma, prevalecieron por encima de las leyes de las obras sociales, los tratados internacionales y la Constitucional Nacional que hacen referencia, entre otros aspectos, al derecho a la salud, a la procreación e inclusive a la vida.
Según la Organización Mundial de la Salud -OMS- una de cada seis parejas en edad reproductiva tiene problemas de fertilidad. Hoy un tratamiento de reproducción asistida tiene un costo aproximado de20 mil pesos y son pocas las obras sociales del país que cubren un pequeño porcentaje del mismo y hasta una determinada edad. La OMS ha definido a esa dificultad como una enfermedad, otorgándoles a las personas con éste padecimiento el derecho de ser tratadas.
Ese mismo razonamiento tuvo el juez subrogante, Mariano Frías, quien dio lugar a la medida cautelar que exhortó a la obra social a costear la totalidad del tratamiento de fertilización asistida junto a todos los gastos extras que demande, ya sea medicamentos, honorarios y cualquier otro. “La presentación que se efectuó en primer momento tenía todos los elementos necesarios, a mi criterio, para concederle la medida cautelar hasta tanto se decida la sentencia definitiva, ya que la pareja atraviesa un juicio de amparo”, explicó el magistrado.
Por su parte, desde la Secretaría Civil, donde se efectúa el trámite de amparo, Alfredo Pardo, dijo que esperan para dictar la sentencia definitiva el análisis de la otra parte, la obra social. Igualmente consideró que la medida cautelar no sentaría precedente, porque en este caso la mujer tiene otro problema de salud. “Cada caso es específico y tiene sus particularidades”, sostuvo.
Desde otra perspectiva, la representante de la pareja, la abogada Estela Aragón, tildó de “importantísima” la medida cautelar, la cual consideró como una determinación aplicable a todas las obras sociales.
“En San Luis este es el primer antecedente donde la jurisprudencia confirma a la esterilidad como una enfermedad con graves incidencias, como es nada menos que provocar que alguien pueda o no tener un hijo. Los tratamientos de fertilización asistida son el modo de paliar ésta enfermedad y por sus costos, tienen que ser necesariamente cubiertos por las obras sociales”, indicó la abogada.
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Temis Lorda  - y por casa como andamos   |28-10-2009 09:24:37
Me parece un buen precedente.
La Obra Social del Estado Provincial debería
seguir el ejemplo, y apoyar a sus aportantes, empezando por respetar la ley
nacional que establece la cobertura del 100% para los pacientes con cancer.
Paula  - Bien   |27-10-2009 15:23:42
Por fin. Por fin. Al fin se sienta jurisprudencia para que tantas parejas puedan
alcanzar el más grande logro de la vida.
sandra carranza  - no darse por vencido   |27-10-2009 14:07:20
solamente las personas que pasan por esto saben lo doloroso que es desde el
diagnostico y todo lo que significa el tratamiento.desde lo emocional a lo
economico.Toda la suerte para esta pareja y ojala todas las obras sociales sepan
contemplar este problema

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