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Multarán a los propietarios de embarcaciones sin seguro

Por redacción
| 16 de enero de 2017
Todo en regla. El seguro que exige San Luis Agua es por accidentes y daños contra terceros.

Desde la semana pasada y para reforzar los controles de la actividad náutica en la provincia, San Luis Agua emitió una resolución que establece la obligatoriedad de póliza de seguros contra accidentes y daños ante terceros para las embarcaciones a motor que circulen en ríos, diques y embalses de la provincia. El seguro, que fue establecido el pasado 4 de enero como un nuevo requisito de la matriculación de los botes a motor, deberá ser realizado tanto por los propietarios de lanchas ya registradas como para aquéllos que quieran matricular un nuevo vehículo. Para los botes que ya están en el registro, tendrán hasta el 4 de febrero para conseguir el seguro. De lo contrario serán multados, en cifras que van de los mil pesos a los 60 mil pesos, de acuerdo al tamaño de la embarcación y al tiempo que se tenga sin seguro al vehículo.

 


“Es para garantizar la seguridad en las aguas de la provincia, no sólo de la gente que va a nuestros diques, sino también para quienes van arriba de la embarcación”, dijo Claudio Lucero Pomiro, presidente de San Luis Agua. El funcionario agregó que las infracciones no sólo recaerán sobre los titulares de las embarcaciones, sino  también sobre los clubes náuticos, camping y demás lugares habilitados como puerto seguro que dejen bajar a los botes infractores.

 


Las multas serán labradas por la Policía del Agua, una división de la entidad y en el caso de no ser abonadas, los vehículos serán deshabilitados para el año siguiente, con un incremento de acuerdo al tiempo que transcurra sin pagar. Actualmente hay 400 embarcaciones habilitadas en la provincia y 190 de ellas son a motor.

 


De acuerdo al tipo de vehículo náutico, se piden diversos requisitos para la matriculación provincial. En todas las embarcaciones se requiere un salvavidas por persona embarcada, un remo bichero, un cabo de 20 metros con su correspondiente ancla, un balde de achique y un silbato.

 


Adicionalmente a las embarcaciones deportivas a motor se les exige un salvavidas de rescate redondo, luces reglamentarias, un matafuego y una bengala. A los veleros con eslora (longitud desde la proa a la popa) de más de 5 metros, se les requerirán 5 salvavidas, mientras que los de menor tamaño se les requiere 3. Los botes a remo tienen la restricción extra de no poder alejarse de la costa por más de 200 metros.

 



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