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Fue a juicio la causa contra la dueña de Polo, por Zanjitas

Tyempertyopolos afrontará el segundo debate oral por la tragedia. Ya está condenado el chofer.

Por redacción
| 14 de noviembre de 2017
El día después. Zanjitas, el 3 de noviembre de 2011. El tren arrastró 225 metros al colectivo.

La dueña de la empresa Polo, Mabel Tyempertyopolos, omitió cumplir con su deber de controlar que todo estuviera en regla en el viaje que uno de sus colectivos realizó el miércoles 2 de noviembre de 2011, llevando un contingente de alumnas del colegio “Santa María” a los parajes de Santa Rosa y Cazador. Y esa omisión fue la causa de las muertes y las lesiones que sufrieron alumnas y docentes, cuando el vehículo fue embestido por un tren carguero, en Zanjitas, sostuvo la juez de Sentencia Laura Molino. Por ese motivo, rechazó un pedido de la defensa de la empresaria para que la sobreseyera y elevó la causa a juicio oral.

 

En su pronunciamiento, la magistrado destacó el hecho de que para tomar esta resolución no necesita la certeza absoluta sobre la presunta responsabilidad penal de Tyempertyopolos por la tragedia. Para determinar eso, justamente, está el juicio oral.

 

“Para elevar la causa a juicio se requiere que hubieren elementos de convicción suficientes para estimar que probablemente existió una omisión a los deberes de cuidado por parte de la imputada, y que esa omisión fue la causa de los resultados atribuidos (muertes y lesiones)”, expresó Molino en su escrito.

 

Entendió, en función de todo el material reunido a lo largo de la investigación, que “se ha conformado el grado de semiplena prueba que exige el Código de Procedimientos Criminales de San Luis sobre la existencia de una omisión a los deberes de cuidado a los que está obligada a velar la empresa POLO S.R.L., al disponer para un viaje de media distancia con menores, de un colectivo con una capacidad para transportar un número inferior de personas a las que efectivamente transportó, y sin el permiso exigido legalmente para este tipo de viajes especiales”.

 

La jueza también le adjudicó culpa en la elección del conductor, Julio César Jofré, que hasta ahora es el único condenado por la tragedia. “Designó para dicho viaje a un chofer que estaba trabajando desde la madrugada y había trabajado hasta tarde la noche anterior, lo que provocara un estado de somnolencia tal que le impidiera ver el tren que se aproximaba, o bien, no advertir la peligrosidad del cruce que estaba encarando”, sostuvo.

 

Según Molino, darle la responsabilidad del viaje a Jofré fue “una evidente infracción al deber de debido cuidado, al poner a trabajar a un empleado que no estaba en las condiciones físicas adecuadas para llevar a cabo la delicada tarea de conducir un transporte público durante un prolongado tiempo, más aún tratándose sus pasajeras, en su mayoría, de niñas de entre 10 y 11 años”.

 

La jueza basó esas imputaciones en su entendimiento de que Tyempertyopolos era  quien “ostentaba el carácter de socia gerente con plenas facultades operativas y administrativas” de la empresa y, como tal, debía cumplir con el cuidado de que ninguna de las condiciones en que se hacía el viaje pusiera en riesgo a sus pasajeras.

 

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