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La ley porteña: descontento de inmobiliarias y dueños

La nueva legislación obliga a los propietarios a pagar las comisiones. El monto máximo de la comisión será el 4,15 por ciento del valor total del contrato

Por redacción
| 19 de noviembre de 2017
Foto: Internet.

La Ley 5859 de Alquileres porteña, sancionada el 24 de agosto de este año, planteó varios cambios que benefician a los inquilinos. Entre otros puntos obliga a los propietarios a costear las comisiones inmobiliarias, lo que provocó un gran descontento en las inmobiliarias y los dueños de los inmuebles.

 

La norma modificó la Ley 2340 (aprobada en 2007) y fue publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires mediante el decreto 336 de este año, firmado por el jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta.

 

Previo a la modificación, se cobraba comisión al inquilino y al propietario. Pero ahora el costo de ese ítem recae sólo en el dueño. La nueva ley prohíbe a las inmobiliarias a exigir cualquier comisión a los inquilinos por los contratos de alquiler.

 

La idea de la norma es reducir los costos que afrontan los locatarios a la hora de firmar el contrato. Con la ley anterior, entre comisión, meses de depósito y adelanto, certificados de firmas y otros trámites, el monto de ingreso podía llegar al equivalente de cinco meses de alquiler.

 

La modificación establece que para los casos de locaciones de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, el monto máximo de la comisión será el 4,15 por ciento del valor total del contrato, y estará a cargo del locador.

 

La Ley 5859 también prohíbe que se le cobren al inquilino los gastos por gestoría de los trámites de pedido de informes sobre la garantía presentada.

 

Otros de los beneficios son poder acceder de forma segura y gratuita a las oficinas de asesoramiento y atención al público, y la garantía de que se le entreguen al inquilino en forma gratuita los informes de dominio que solicite para celebrar contratos de locación.

 

Además establece que las negativas a alquilar un inmueble por factores como etnia, nacionalidad, religión, sexo, ocupación, composición familiar, y la exigencia de que las garantías sean de un familiar directo, son “actos discriminatorios”.

 

También se propuso un modelo único de contrato de referencia que elimina las cláusulas abusivas contra los inquilinos, que suelen incluir los contratos tipo que proponen las inmobiliarias.

 

La norma obliga al Poder Ejecutivo porteño a implementar una campaña masiva de difusión de los derechos de los inquilinos y de los canales institucionales existentes para denunciar incumplimientos.

 

 

El panorama puntano

 

En la provincia de San Luis, para poder alquiler un inmueble el inquilino debe abonar 3 meses de alquiler: uno de comisión, otro de adelanto y uno más de depósito. Si la ley porteña tuviera vigencia a nivel nacional, a la provincia no le afectaría, ya que se cumple normalmente con los tres meses y el valor del 4,15% de comisión sería exactamente el mismo.

 

Eduardo Pinela es dueño de tres inmobiliarias: una en San Luis llamada In-mueble, y otras dos en el Valle de Conlara y Merlo, llamadas Costa Azul. Comentó que una legislación parecida a la porteña podría beneficiar al sector.

 

"En particular no me modifica, porque en San Luis se cobran tres meses, con el mes de comisión que equivale exactamente lo mismo que el 4,15%; es decir que si alquilás un departamento que sale 4.500 pesos, más el depósito que es un 30%, en total tendrías que pagar 8.500, que se puede pagar en dos veces. Normalmente uno suele tratar de ser accesible con los inquilinos”.
 

 

Matías Ávila, socio gerente de Ávila Inmobiliaria, coincidió: “No me parece descabellado, porque uno normalmente cobra un monto aproximado; puede afectar, pero no en gran medida. Igualmente, si esto garantiza mayor transparencia, habrá que adaptarse”.

 

 

Avanza la ley nacional

 

La Comisión de Legislación General de la Cámara baja nacional emitió el martes pasado un dictamen por mayoría a favor de la Ley de Alquileres, con cambios respecto a la media sanción del Senado, ya que mantiene en dos años la duración de los contratos y modifica el mecanismo de indexación.

 

La idea del oficialismo es que pueda votarse antes de fin de año, preferentemente en alguna de las dos sesiones ordinarias previstas para el 22 y 29 de noviembre.

 

Con esos cambios, la iniciativa deberá volver al Senado para su sanción definitiva, si es que la Cámara baja aprueba las modificaciones.

 

"Es necesario tener una ley que proteja a la parte débil de la relación, que son los inquilinos, pero que sea equilibrada para no desalentar la oferta. Si no hay oferta de inmuebles, el primero que se perjudica es el inquilino, que no tiene inmuebles para poder alquilar. Creemos que la ley que hemos dictaminado es más equilibrada que la que venía con media sanción del Senado", argumentó el diputado nacional por la Ciudad de Buenos Aires, Daniel Lipovetsky.

 

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