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El difícil oficio de ser padres frente a los hijos del nuevo milenio

La reforma al Código Civil les otorgó mayor grado de autonomía a niños y adolescentes. Ya no se ejerce la patria potestad, sino la responsabilidad parental. A los 16 años pueden tomar sus propias decisiones.

Por redacción
| 10 de diciembre de 2017
De la mano. La nueva normativa propone una autonomía progresiva.

“Los chicos ya no son como antes”. Por trillada que esté  la frase, cargada de una nostalgia sin sentido, no deja de ser cierta. Ya no es tan simple para un padre imponer su voluntad a la hora de que su descendiente decida sobre algo cotidiano o sobre una elección trascendente para su vida: si deja de estar metido en la computadora para ir al baldío a jugar al fútbol; o si elige ser un artesano bohemio en vez de doctor en física cuántica. Los chicos han ganado y demandan más autonomía.

 

La última reforma al Código Civil argentino, sancionada el 1º de agosto de 2015, patentiza en la fría letra de la norma legal los nuevos paradigmas de minoridad y adolescencia. Decir que los niños y jóvenes ya no son como los de antes, implica admitir que la figura de los padres debió o debería, necesariamente, cambiar. Ya no se ejerce la autoridad paterna como en las generaciones precedentes. Los menores y adolescentes alzan la voz para hacer oír sus derechos, incluso en circunstancias en las que van contra la voluntad de sus progenitores. Los vientos de cambio consagrados en la ley ¿implican que los padres vean limitada su función? ¿hay menos espacio para ejercer la autoridad paterna?, ¿pierden terreno en el poder de determinar las elecciones de sus hijos? 

 

Es claro que la nueva normativa consagra el derecho del niño a ser oído, a resguardar su interés como el superior y propone su autonomía progresiva; lo que disminuye la representación de los progenitores.

 

Con esta nueva realidad legal, a la que se suman las nuevas familias ensambladas, muchos padres atraviesan una crisis en la relación con sus hijos cuando estos les exigen cambios a la hora de relacionarse.

 

Dos integrantes del Poder Judicial, Ana Nigra, capacitadora del Instituto de Capacitación e Investigación Tomás Jofré y Mariana Marhaba Mezzabotta, jueza interina de Familia y Menores, respondieron sobre los cambios que asimiló el Código Civil al incorporar los tratados internacionales y la Convención del Niño y el Adolescente, que, entre otros puntos, considera que los chicos entre los 13 y los 18 años pueden tomar decisiones igual que un adulto.

 

 

"Reconoce nuevas realidades"

 

“Yo no creo que complique a los padres porque es un código muy actual y que reconoce las nuevas realidades. El anterior no lo hacía porque sólo consideraba la autoridad del padre y no de la madre, por ejemplo. Me parece que nos estábamos perdiendo la oportunidad de ejercer una autoridad democrática, consensuada, que tenga más que ver con una educación en valores y de cómo nos conectamos con el otro. La ley ha aceptado la realidad de que los chicos hoy son más autónomos y toman decisiones. Me parece que nos interpela más a los adultos sobre cómo estamos tomando nuestras responsabilidades”, opinó Nigra. Y agregó: “Me animo a citar a los Beatles, 'todo lo que necesitas es amor'. Si construís desde el amor, creo que eso permite que las cosas fluyan. Quizás suena algo lírico, pero es lo que pienso”.   

 

La jueza coincidió en que “el Código vino a ponerle un shock de realidad a toda la sociedad y en especial a los padres porque la responsabilidad parental hoy hace que la familia sea un equipo donde todos deben llegar a un acuerdo. Y se presume que hoy ambos progenitores deben compartir esa responsabilidad”. Mezzabotta señaló además que “a todos nos ayuda, y en cierta manera respalda, el hecho de que somos los adultos los que tenemos que tomar conciencia. Tenemos que saber comunicar nuestra decisión con argumentos y no solamente porque yo lo digo. Todo el  tiempo nos estamos equivocando siendo padres, pero lo bueno sería que sepamos cómo llegar a ese otro con una comunicación fluida, como los adolescentes y los niños nos plantean”. Y destacó que los hijos “hoy te cuestionan y te responden por toda la información que manejan”.  

 

En lo que respecta a Familia el Código Civil cambió la terminología: antes se ejercía la patria potestad y hoy se dice responsabilidad parental, antes era tenencia de los hijos como si fuera una propiedad y hoy se habla de cuidado personal o contacto parental. Nigra señaló que “a partir de los 16 años el código les permite tomar decisiones como un adulto, porque siempre se debe tener en cuenta el interés superior del chico. Además, tiene derecho a ser oído todo el tiempo atendiendo a la capacidad progresiva y a que el juez después lo tendrá en cuenta a la hora de decidir”.

 

La jueza Mezzabotta actualmente brinda charlas en las escuelas sobre la responsabilidad civil y penal de los niños, niñas y adolescentes porque el nuevo código cambió sus deberes y facultades: “Se las morigera a los adultos y también les impone a los niños una responsabilidad extra, que es la capacidad progresiva que el Estado argentino tomó al adherir a diferentes leyes y tratados internacionales que nos obligan a respetar esa autoridad del niño, que a la vez implica una obligación en su proceder”.

 

Según la magistrada, “la capacidad progresiva es el cambio más importante que introdujo el código, porque habilita a los chicos entre los 13 y los 16 años a tomar decisiones sobre su cuerpo, a aceptar tratamientos médicos invasivos o no y también a solicitar tratamientos de salud reproductiva a través de un médico”. 

 

Aclaró que a partir de los 13 años “aparece cierta obligación a participar de los conflictos que lo tienen como protagonista, aunque no implica que haya que hacer todo lo que el niño pida. Pero sí tenemos que tomar esta participación. Y según el magistrado que intervenga será la decisión que se tome: algunos jueces han consultado a chicos de 5 años en presencia de los defensores, porque el hecho de poder expresarse importa mucho para ese bienestar que consagra el código. El superior interés del niño es el paradigma en el cual tenemos que refugiar a ese sujeto”.

 

 

"Hay chicos más maduros que sus padres"

 

Aseguró que “hay chicos de 11 años que muchas veces presentan un grado mayor de madurez que sus propios padres, porque saben lo que quieren y es necesario respetarlo. Aunque no tengan la edad suficiente para decidir, como jueza debo escucharlo”. Además señaló que “los adolescentes hoy acceden a tanta información que saben cómo llenar un formulario de denuncia por internet, conocen la existencia de la Comisaría del Menor y saben que tienen un defensor en Tribunales que los debe representar”.

 

Nigra sumó, además, que “los chicos saben que hoy pueden estar en juicio solos porque pueden demandar a sus padres y eso es algo que les permite el código. Como así también, tener un abogado propio diferente al de sus tutores que por ley se denomina 'Abogado del niño' y que debe defender sus intereses. Que es distinta a la función del defensor oficial del menor y adolescente, que es un representante del Estado”. 

 

Otra figura que resaltó la capacitadora fue la del progenitor afín, “porque el código, al reconocer las nuevas realidades familiares, le da presencia legal a la nueva pareja de la madre y el padre, que es muy valiosa porque forma parte de la vida cotidiana ejerciendo la paternidad. Por eso, el código le reconoce acciones y derechos, como retirar a los chicos de la escuela, participar de la reunión de padres o realizar trámites para él. Y también le confiere la obligación de suministrar alimentos a esa familia, incluso cuando la relación formal se hubiera interrumpido”.

 

La jueza que de manera interina tiene a cargo el Juzgado de Familia y Menores 1 de la capital valoró que “la realidad hizo necesaria la incorporación de un artículo específico  sobre el trato de los padres hacia sus hijos. El código, además de determinar la responsabilidad parental de alimentar y dar asistencia espiritual, incorpora expresamente la prohibición de los malos tratos, que es algo que en la práctica vemos a diario. De lo que se trata es de cambiar ese paradigma de la educación a los golpes y pasar a una a través de la palabra y con el ejemplo”.

 

Mezzabotta dijo también que la nueva realidad familiar está contemplada en el código “porque ahora al hijo preexistente hay que incorporarlo a la nueva relación y no se lo debe aislar. Hay que tratar de encuadrar a todas esas piezas del rompecabezas. Todo el tiempo tenemos que estar velando para que esos integrantes se unan de la mejor manera posible y amena”.

 

Nigra señaló que “si bien todavía hay altos niveles de violencia, la misma sociedad y las leyes están cambiando hacia una nueva forma de relación donde se aplica la no violencia. Y no sólo por no aplicar golpes, sino por el uso de las palabras y dejando de lado el abandono, porque hoy se ven muchos chicos que crecen prácticamente solos porque sus padres están fuera de casa la mayor parte del tiempo”.

 

 

Cuestión de apellido

 

El nombre es otro capítulo que modificó la relación entre padres e hijos, aunque se dio antes de la sanción del nuevo Código Civil. “Hoy podés llevar el apellido de tu madre o de tu padre indistintamente y en el orden que quieras; eso antes no era así porque se debía llevar primero el del padre. Esto lo que hace es reconocer nuevas realidades familiares, sobre todo de las madres solteras”. Además recordó que ahora se les notifica a los chicos cuando su padre biológico se presenta en el Registro Civil a reconocerlos y son ellos los que deciden si quieren llevar o no el apellido de su progenitor.

 

Nigra destacó que la mayor responsabilidad para los chicos en el Código la establece “el deber de respeto y cuidado de sus padres en la vejez". "Pero para mí lo importante es cómo se construye la autoridad cotidiana dentro de una familia. Porque aunque el Código pida respeto, si no se lo sabe construir, no se consigue. Además hoy muchos chicos que toman roles que no les corresponden, como hacerse cargo del cuidado de un hermano menor cuando debería ser una responsabilidad de un adulto”, afirmó.

 

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