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Cuando lo anormal lo pervierte todo

Por redacción
| 17 de agosto de 2017

Cuando aquellos cuya función es velar por la seguridad de las personas y los bienes de esas personas, cometen un delito; aparece sobre la mesa de discusión la impotencia de una sociedad prisionera de los malos hábitos, de los malos ejemplos, y de la trampa como contracara del mérito en la búsqueda de un objetivo.
Es lo que ocurre cuando un policía (en este caso de Villa La Angostura) es encontrado culpable del delito de malversación de fondos luego de que la Justicia neuquina comprobara que robó un televisor, un proyector y luces tras un accidente ocurrido en la ruta 237, en el que perdió la vida un funcionario del Instituto Nacional de Cine y Artes Visuales (Incaa).
El policía podría recibir una pena de dos a 10 años de prisión y la inhabilitación permanente para ejercer cargos públicos luego de que quedara demostrado su participación en el robo de equipos pertenecientes al Incaa. El caso ocurrió el 26 de setiembre de 2016, cuando una camioneta del Incaa conducida por Esteban Luis Sardi volcó en la ruta 237.
Sardi falleció en el acto. En la camioneta transportaba equipos de proyección de cine que tras el accidente la policía llevó en custodia al destacamento Nahuel Huapi. Una semana después, personal del Incaa fue a retirar las cosas. El policía Manuel Parada fue el encargado de entregar los elementos y dejó constancia de ello en un acta. Ese día estaba de guardia con otro imputado que fue absuelto. Cuando otro policía hizo el relevo de la guardia se encontró con un televisor escondido en un quincho y tapado con cartones.
Al comparar en las actas lo que su compañero había entregado al personal del Incaa, el policía notó que no había registrados los equipos que encontró ocultos: Se entregaron dos TV LCD al funcionario del Incaa y un proyector, cuando en realidad había tres televisores y dos proyectores. Al momento de recibir las cosas, el funcionario del Incaa desconocía si faltaban o no materiales, la irregularidad fue advertida por el policía honesto que luego hizo la denuncia a la Fiscalía, pública de Neuquén.
Uno de los testigos aportó el audio de una conversación donde el otro efectivo de alguna manera reconocía que se habían quedado con cosas, pero que en teoría eran “donaciones” que había hecho el Incaa. De hecho, hay constancia de que el imputado había intentado gestionar la donación con el funcionario del organismo nacional, pero que éste le dijo que no era posible.
El abogado particular de los imputados volvió a pedir la nulidad de todo el proceso por considerar que a sus clientes se les había negado el derecho a la legítima defensa, y apuntó a cuestiones técnicas de procedimiento. En tanto señaló que el audio que había introducido la Fiscalía era ilegal, y por eso toda la prueba obtenida a partir de ese audio y que fue parte de la investigación no podía ser admitida y pidió la absolución de ambos acusados.
El juez de Garantías Juan Pablo Balderrama consideró que los testimonios y las pruebas probaban su participación en el hecho, pero no en el caso del otro acusado. El delito de peculado o malversación de caudales públicos prevé una pena de 2 a 10 años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. En unos días el juez brindará la sentencia completa y las partes tienen otros cinco días más para ofrecer las pruebas para el juicio de pena, donde finalmente se fijará la condena que tendrá Parada.
El procedimiento técnico cumple las generales de cualquier caso, la Justicia actúa en consecuencia para lo que se la ha requerido. Y duele la trampa, el delito, la ventaja, la doble infamia del robo luego de un accidente en el que muere una persona. Es la situación que se presenta cuando lo anormal lo pervierte todo.
 

 

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