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Procesaron a un médico por acosar a una nena de 9 años

Le enviaba mensajes de contenido sexual por WhatsApp. Lo acusan de cometer el delito de "Grooming".

Por redacción
| 30 de enero de 2018
En tribunales. Molina, el viernes, cuando llegaba a la audiencia de indagatoria. no quiso declarar. Foto: Alejandro Lorda

El médico Gustavo Ricardo Molina se había desvinculado de San Luis. Había reiniciado su vida profesional lejos de tierras puntanas, en Zapala, Neuquén. Pero ahora está obligado a vivir en San Luis y a no ausentarse de la ciudad, a menos que lo autorice la Justicia. Es parte de las condiciones que le impuso el juez Contravencional y Correccional 2 de la capital, Manuel Montiveros Chada, que lo procesó por acosar por teléfono a una nena de 9 años.

 

El delito que el magistrado le imputó a Molina, de 48 años, es el “Grooming”, una figura penal tipificada en 2013 e incorporada a fines de ese año al Código Penal Argentino, con la previsión de una condena que va de los seis meses a los cuatro años de prisión.

 

Consiste en que una persona –salvo un menor que, por su edad, no sea punible– contacte a un menor por cualquier medio de comunicación electrónica, de telecomunicación o de transmisión de datos, con el propósito de atentar contra su integridad sexual.

 

Molina ejerció durante un corto tiempo como médico de la salita de La Calera, la localidad del Departamento Belgrano donde vive la nena. Es probable que la haya atendido y así haya obtenido su número de celular. Porque, según la investigación, no tardó en empezar a enviarle mensajes de WhatsApp en los que se hacía pasar por otra persona.

 

Y aunque no ha trascendido el contenido de las comunicaciones, fuentes de la investigación han confirmado que tenían un carácter inequívocamente sexual. Por eso se configuró el delito de “Grooming”.

 

La investigación que empezó la Policía y continuó la Justicia aportó certezas no sólo sobre la índole de las comunicaciones enviadas desde el celular atribuido a Molina, sino también sobre que él era el poseedor de esa línea telefónica. Para obtener esta información fue trascendental la tarea de los peritos del Departamento de Investigación de Delitos Complejos, del Poder Judicial.

 

 

El juez Montiveros Chada le envió un oficio al Registro Nacional de Reincidencias, para que le informe si Molina tiene antecedentes. Está a la espera de la respuesta.

 

 

“Es largo de explicar, pero hay toda una serie de pericias que, al menos en esta etapa, nos hacen tener una sospecha suficiente de que la cuenta era de él y que quien enviaba los mensajes era él”, afirmó el juez Montiveros Chada ante una consulta de El Diario.

 

“A eso le sumamos los testimonios concordantes con lo que surge de las pericias científicas. Eso es fundamento suficiente, en esta etapa al menos, para tenerlo por posible autor”, abundó. El magistrado se refería a que, en esta etapa inicial de la investigación, no se requiere la certeza absoluta sobre la culpabilidad del investigado, ya que una semiplena prueba es suficiente para iniciarle el proceso penal.
La investigación continúa. El juez confirmó que, además del celular de Molina, también están disponibles, para que los peritos examinen su contenido, otros elementos que la Policía secuestró cuando fue a detener al sospechoso en la localidad neuquina de Zapala.

 

Si no viola las condiciones impuestas por el juez para dejarlo libre, Molina podrá esperar en esa condición la resolución definitiva de su caso, mediante la sentencia firme que sobrevendrá al final del proceso. “Se resolvió la libertad porque no se determinó riesgo de fuga y no hay constancia en la causa de que haya desobedecido una citación previa. Con el hecho de no contar con elementos que hagan presumir que va a eludir el accionar de la Justicia y habiendo fijado domicilio acá es suficiente”, explicó Montiveros Chada.

 

Agregó que “se le fijaron estrictas reglas para llevar un control durante el proceso, las que va a tener que respetar porque, si no, se puede revocar el beneficio de la libertad mientras dure la tramitación de la causa”.

 

Algunas de esas condiciones son no consumir, no ausentarse del radio de la ciudad sin previa autorización del juez e ir en forma periódica a firmar el libro de procesados en el juzgado.

 

“Por cualquier cuestión procesal que se lo necesite, se lo citará y tiene que comparecer de inmediato. Habiendo fijado domicilio en la ciudad, no tiene motivo ni  excusa para no comparecer”, afirmó el juez que resolvió procesar al médico. 

 

 

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