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Aplicar la ley de siempre a los delitos de "ahora"

Se usa una figura legal "clásica" para denunciar un hecho que se difundió por las redes.

Por Gabriel Casari
| 25 de febrero de 2018
Captura de video. Es el mensaje ofensivo que generó una denuncia por incitación a la violencia.

Nosotros denunciamos de acuerdo al Derecho Penal positivo, pero dejamos a criterio del juez que se investigue la posible comisión de otros delitos cibreinformáticos", dijo el abogado Arturo Ortiz.

 

Él junto a Juan Marchioni presentaron una denuncia ante la Justicia Federal de San Luis para que investigue la viralización a través de las redes sociales de un video donde un individuo vocifera su enojo por la realización de una obra pública e insulta diciendo “La rep... madre que te parió Ponce, cómo no se te mueren los hijos por hijo de p...”. El abogado realiza la denuncia que podría estar contextualizada en el delito de "incitación a la violencia".

 

Lo que se plantea es un choque de estructuras: se usa una acusación analógica para una delito que se hace digital.

 

Quienes acusan toman "el derecho penal positivo", lo que está escrito para contextualizar e intentar sancionar una conducta que se replicó por internet.

 

“La desproporción inusitada de los agravios y expresiones intimidatorias de ese individuo creemos que no responden a un desborde emocional del sujeto, sino a una acción deliberada, pergeñada con la finalidad de su difusión masiva y crear por un lado zozobra en el ámbito familiar del destinatario ante la posibilidad de una agresión, y por otro incitar y estimular deliberadamente la reacción de otros individuos propiciando la generación de hechos violentos”.

 

Aseguran que "el individuo responsable habría ejecutado y difundido de manera masiva el video aprovechando los medios y recursos que maneja como parte de los equipos técnicos informáticos de la Administración de Servidores de la Agencia de Ciencia y Tecnología de la Autopista de la Información”, pero no dieron muchas precisiones de los argumentos por lo que sostienen esa apreciación.

 

Adecuación

 

El debate para adecuar la legislación ya se inició ya que la Comisión de Reforma del Anteproyecto del nuevo Código Penal ya decidió "elevar las penas de los delitos por medios informáticos como el grooming y la pornografía infantil", se informó a través del portal oficial Justicia 2020.

 

Si bien aún no se conoce la redacción final, el abogado Marcos Salt, titular del Programa Nacional contra la Criminalidad Informática del Ministerio de Justicia, anticipó a Télam los aportes que realizó a la Comisión en relación a delitos relacionados con internet.

 

Como el Código Penal se reformó en 2008, "nuestra idea es que no resulta necesario cambiar todo, sino corregir los tipos penales existentes teniendo en cuenta algunos cambios acaecidos desde entonces y la experiencia práctica de diez años de aplicación. También sumar algunas acciones que no se previeron en aquel momento", explicó el profesional.

 

Entre las propuestas del equipo que coordina Salt se incluyó el groming, y lo que sugirieron "es modificar la redacción (de la ley 26.904), clarificando situaciones que resultan conflictivas para la jurisprudencia con la redacción actual, y también el aumento de la pena".

 

En cuanto a la pornografía infantil, precisó que propusieron modificar el artículo 128 "previendo como punible con una pena menor la mera tenencia de pornografía infantil", y aumentar la pena cuando "se produjere, financiare, ofreciere, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere", detalló el funcionario.

 

Y añadió que se plantearon "penas agravadas para casos especiales, como cuando la conducta se realiza con fin de lucro, o utilizando menores de 13 años o supuestos de autores especiales como padres, tutores, una autoridad religiosa de cualquier culto o un educador".

 

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