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Es ley la ratificación del Convenio de la OIT contra la violencia y el acoso laboral

El proyecto, enviado por el Poder Ejecutivo, fue aprobado este miércoles por unanimidad en la Cámara de Diputados.

Por redacción
| 11 de noviembre de 2020
Foto: Twitter Diputados de la Nación.

Por unanimidad, la Cámara de Diputados convirtió este miércoles en ley el proyecto que ratifica el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo, firmado en 2019 en Ginebra, Suiza.

 

De esta manera, Argentina se convierte en el tercer país del mundo en adherir a este convenio, siguiendo los pasos de Uruguay y Fiji.

 

La presidenta de la Comisión de Legislación del Trabajo, Vanesa Siley, por el Frente de Todos, subrayó como aspecto positivo la perspectiva de género expresada en el convenio y destacó que el texto "armoniza" con tratados internacionales, distintas leyes nacionales y el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que "refiere a las condiciones dignas de trabajo".

 

 

 

 

La diputada kirchnerista resaltó que el convenio "hace especial hincapié en que el daño que se produce cuando hay violencia laboral, se produce también por la condición de género".

 

Por su parte, Marisa Uceda señaló que "son conductas que además de ser indeseables, atentan contra los derechos humanos, porque el derecho a un ambiente de trabajo sano y sin violencia es un derecho humano".

 

A su turno, el radical Albor Cantard destacó que el convenio facilita la inversión de la carga de la prueba, una cuestión fundamental dado que "este tipo de circunstancias generalmente se da a puertas cerradas, lo que genera una gran dificultad para las víctimas en materia probatoria".

 

 

 

En este sentido, explicó que "la víctima aportará indicios para que el denunciado o denunciada sea el o la que tenga que demostrar que no ha incurrido en violencia o acoso".

 

 

El convenio, que entrará en vigor el 25 de junio de 2021, considera a la violencia y el acoso en el mundo del trabajo como una "violación o abuso de los derechos humanos".

 

Además, define como "violencia y acoso" en el mundo del trabajo a "un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de provocar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género".

 

NA/LE

 

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