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Impidieron que "entregaran" una beba en una maternidad

Por redacción
| 24 de julio de 2016
La pareja, según confió una fuente entrevistada ayer, no puede tener hijos.

La oportuna intervención de empleados y autoridades de la Maternidad Provincial “Doctora Teresita Baigorria” impidió que una beba de menos de un mes fuera entregada por su madre de modo directo a una pareja, de modo ilegal, sin la intervención del Estado. Ahora, la criatura está con una familia solidaria, al menos hasta que la Justicia concrete algunas medidas que permitirán despejar ciertas dudas.

 


Una es si hay (o no) vínculo filial entre la niña y el sospechado de pretender  apropiársela, que la asentó con su apellido en el Registro Civil de la maternidad. Esto podrá establecerse a través de una prueba de ADN. “Todo indica que no sería el padre”, refirió ayer una fuente vinculada a la causa, que tramita en el Juzgado de Familia y Menores Nº 2 de San Luis.

 


El hecho ocurrió el martes. Una mujer se presentó esa mañana con una beba de 13 días de vida, confirmó la directora de la maternidad, Adriana Pérez. Fuentes de la investigación y del centro de salud prefirieron no dar las identidades de la madre y de la pareja, para preservar a la menor.

 


La médica contó que la criatura nació el 6 de julio allí, en la maternidad, con un peso adecuado para su tiempo gestacional. El parto fue a término. La madre recibió todos los controles, al igual que la beba, y, como todo estaba bien, les dieron de alta.

 


La mujer regresó al “Teresita Baigorria” hace cinco días, pues allí hay una sede del Registro Civil. Según las averiguaciones, habría ido esa mañana con una nena de unos dos o tres años, también hija de ella, con quien sería el padre biológico de la beba y con tres personas más. Son la pareja a la que iba a darle la criatura y una mujer, la presunta intermediaria. Esta última sería familiar de la mamá.

 


La pareja, según confió una fuente entrevistada ayer, no puede tener hijos.

 


La entregadora tiene “más de 20 años y vive en la ciudad de San Luis”, indicó Pérez. “Es una persona socialmente vulnerable, que tiene más chicos, que no están con ella. Con ella sólo está la nena que la acompañaba ese día”, confió la fuente.

 


El hombre al que le dio la criatura tiene “unos 44 ó 45 años”, estimó este informante. Ellos ingresaron juntos al registro e inscribieron a la beba como hija de ambos, consignando sus datos de identidad reales. Salieron de allí con los documentos que acreditarían que la niña, supuestamente, es de ellos.

 


Los empleados de la maternidad advirtieron que algo extraño sucedía. A simple vista, por su aspecto, notaron que la condición social de la mujer y el hombre es distinta. Por otro lado, vieron que cerca de ellos estaban estas otras personas que los acompañaban.

 


Las cámaras de seguridad del centro de salud los registraron a todos. En las filmaciones “inclusive se ve que hay una entrega de dinero y el cambio de la beba (de unos brazos a otros), cuando todavía estaban dentro del predio de la institución, cometiendo esta flagrante violación de los derechos del niño”, lamentó la médica.

 


La directora aclaró que lo que quedó filmado es el momento en el que el hombre le entrega un billete a la mujer, “suponemos que para el traslado, el taxi”, dijo.

 


Después de que la maternidad puso al tanto a las autoridades del hecho, y de que la Justicia tomara conocimiento del caso, la Policía ubicó a la madre y a la pareja y los trasladó al juzgado, con la beba, a una audiencia. Así lo ordenó la jueza Viviana Oste. Eso sucedió muy poco después de que los empleados del centro de salud notaran que algo raro pasaba, casi de modo inmediato, resumió una fuente. Agregó que después de la audiencia, por disposición de la magistrada, la menor fue entregada a la familia solidaria.

 


La fuente de la causa consultada ayer refirió que no está probado que la pareja haya pagado por la beba. E inclusive, si lo hubiera hecho, esto, en lo formal, no constituye delito. “Hay una parte de la doctrina y la jurisprudencia que acepta la entrega directa. Hay otra postura que no. Ahora, el nuevo Código Civil la prohíbe. Es decir, cuando un bebé no puede estar con su mamá o papá biológico o con su familia directa, debe haber un control del Estado para proteger su vida y su integridad”, explicó. “La ley penal no lo prohíbe, porque no se ha aprobado ninguna ley que modifique el Código Penal incorporando esta conducta”, amplió.

 


La fuente recordó que Argentina, porque ha ratificado protocolos, se ha comprometido a penalizar la entrega directa de menores, pero hasta la fecha no lo ha hecho. “Sería loable que lo haga, ya que es una manera de evitar la trata y el tráfico de chicos”, indicó.

 


Pérez consideró que hay que revisar y cambiar las leyes, para impedir que hechos como éste se reiteren. La normativa vigente indica que, a partir del nacimiento, los padres tienen 40 días para anotar a sus hijos en el Registro Civil. Tanto Pérez como la otra fuente entrevistada por este medio consideraron que los niños deberían salir de las maternidades con su DNI.

 


 “La sociedad tiene que luchar enérgicamente para que los chicos, que son los más vulnerables, que solos no puedan defenderse, sean protegidos por instituciones cuidadosas, por leyes razonables, que se apliquen”, opinó Pérez. “Como institución, estamos muy orgullosos. Primero ayudamos a que este bebé naciera bien. Después, para que no fuera sujeto de delito, sino sujeto con derechos plenos”, expresó.

 


El hecho es, según la fuente, “un típico caso de adopción encubierta”. “El hombre –continuó– reconoce al bebé como propio, aunque no lo sea. Y después se presenta en la Justicia para pedir lo que antiguamente se llamaba tenencia, o actual cuidado personal de su hijo”. Lo que permite una maniobra de este tipo es saltear todos los pasos que implica una adopción legal.

 


La fuente dijo que, en este hecho, el único delito que eventualmente podría configurarse es “el reconocimiento de la paternidad, a sabiendas de que no es el padre, con un fin determinado, que, en este caso, es quedarse con la criatura”. Es un delito penal contra el estado civil de la persona. De todos modos, las averiguaciones judiciales recién inician y no está probado que el hombre haya infringido la ley. Eso explica por qué no se ordenó la detención de ninguna persona.

 


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