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Macri firmó el decreto que modifica la Ley de Migraciones

Por redacción
| 30 de enero de 2017
La modificación fue establecida por el presidente de la Nación Mauricio Macri. Foto: NA.

El Gobierno nacional oficializó este lunes la modificación de la Ley de migraciones estableciendo categorías, requisitos y plazos de admisión, para la aceptación y residencia de ciudadanos extranjeros en la Argentina.

 


El nuevo artículo 20 indica que los extranjeros serán admitidos para ingresar y permanecer en el país en las categorías de "residentes permanentes, residentes temporarios, o residentes transitorios". Hasta la formalización del trámite podrán acceder a una autorización de "residencia precaria" por 90 días. Aunque este tipo de residencia y su renovación no implica la aceptación de residencia permanente o adquisición de la nacional por naturalización.

 


La validez de la permanencia transitoria será de 90 días, renovable, y habilita para trabajar y estudiar, aunque no habilitará el reingreso al país.

 


El artículo 4to del decreto explica las causas que impedirán el ingreso y la permanencia de extranjeros.Una de estas causas es la presentación de documentación nacional o extranjera falsa o adulterada, la omisión de informar sobre antecedentes penales, condenas o requerimientos judiciales o de fuerza de seguridad. En este caso se prohibirá el reingreso al país por un lapso mínimo de cinco años.

 


Otras razones son tener prohibido el ingreso, haber sido  expulsado,condenado o estar cumpliendo condena, tener antecedentes o condena no firme en el país o en el exterior.

 


 Los antecedentes o condenas están referidos  a delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas. Se hace alusión también a genocidio, crímenes de guerra, actos de terrorismo o delitos de lesa humanidad "y todo otro acto susceptible de ser juzgado por la Corte Penal Internacional”.

 


 "La población de personas de nacionalidad extranjera bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal se ha incrementado en los últimos años, hasta alcanzar en 2016 el 21,35% de la población carcelaria total", indica el texto.

 


Principales puntos

 


Se prohibirá el ingreso a aquellos que:

 


- Hayan sido condenados o estén cumpliendo condena, tengan antecedentes o condena no firme en la Argentina o en el exterior, por delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad.

 


-Los  delitos o antecedentes están referidos a: tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas.

 


-También hace alusión a: genocidio, crímenes de guerra, actos de terrorismo o delitos de lesa humanidad, promover la prostitución

 


-La expulsión lleva implícita una prohibición de reingreso permanente o por un término que en ningún caso podrá ser inferior a 8 años, y se graduará según la importancia de la causa que la motivara.

 


NA-DyN

 



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