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La procuradora general de la Nación dijo que la detención de Milagro Sala es “ilegal”

Por redacción
| 05 de abril de 2017
Sala está detenida desde enero de 2016 en el Penal de Alto Comedero. Foto: NA.

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, presentó este miércoles su dictamen ante la Corte Suprema de Justicia por la situación de la líder de la Tupac Amaru, Milagro Sala. Consideró que la detención "es ilegal y debe ser dejada sin efecto". Además aseguró que la medida "lesiona la inmunidad de arresto" prevista para los parlamentarios del Mercosur en una ley nacional.

 


Gils Carbó evaluó que el Superior Tribunal de Jujuy no fundó los riegos procesales para el dictado de la prisión preventiva.

 


 Ahora la Corte Suprema debe fallar sobre la detención de Sala, que se mantiene desde enero de 2016 en el Penal de Alto Comedero.

 


La jefa de los fiscales se expresó así en dos dictámenes presentados ante la Corte Suprema, en respuesta a recursos extraordinarios interpuestos por la defensa de Milagro contra sentencias dictadas por el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy.

 


Uno de los reclamos es por la inmunidad frente al arresto por ser legisladora del Parlasur y el otro por las circunstancias de su prisión preventiva.

 


 En el primero, Gils Carbó argumentó que la legislación "le otorga inmunidad de arresto a los parlamentarios, ya que se trata de una cuestión no regulada específicamente en el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur o en regulaciones puntuales de sus organismos regionales competentes". En consecuencia, consideró que "rige la equiparación con los diputados nacionales, que cuentan con inmunidad de arresto desde la elección en los términos del artículo 69 de la Constitución Nacional".

 


En el dictamen referido al dictado de la prisión preventiva de Sala, la procuradora general sostuvo que la sentencia del Superior Tribunal jujeño es "arbitraria" porque "tuvo por acreditada la probabilidad de que la recurrente entorpeciera la investigación de los hechos a partir de ciertas denuncias y declaraciones testimoniales que no tienen vinculación con la existencia de ese riesgo procesal". Y explicó que el tribunal tuvo en cuenta expresiones de testigos que "se refieren a amenazas e intimidaciones (supuestamente realizadas por Sala) vinculadas a la mecánica de los hechos investigados en las presentes actuaciones".

 


 Sin embargo, esas declaraciones "no se refieren en concreto a la probabilidad de que la impugnante entorpeciera la investigación", remarcó la procuradora, y destacó que no hay fundamentos sobre por qué aquellos hechos previos "permiten suponer un riesgo actual y cierto sobre el normal desarrollo del proceso".

 


En resumen, Gils Carbó consideró que el encarcelamiento cautelar de Milagro Sala debe ser dejado sin efecto, tanto por la arbitrariedad de su detención como por la inmunidad de arresto que le asiste.

 


NA

 


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