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Caso Romina: las pruebas por las que un fiscal acusó a 3 sospechosos

Empezó el juicio contra Diego Lorenzetti,  marido de la víctima, y  otros dos acusados por el homicidio.

Por redacción
| 20 de diciembre de 2019
En el banquillo. En la audiencia estuvieron los tres acusados. Detrás de sus abogados, Edivaldo De Oliveira, Leandro "El Bocón" Vílchez y Die-go Lorenzetti (de izquierda a derecha). Fotos: Martín Gómez.

En la Cámara del Crímen 1 de San Luis, comenzó ayer el juicio por el homicidio de Romina Celeste Aguilar, quien fue asesinada de dos balazos el 30 de enero de 2016, cuando salía de su casa, en el barrio Faecap de San Luis. Por el crimen están imputados el exintendente de La Calera, Diego Lorenzetti, quien era su marido; Edivaldo De Oliveira, un jockey empleado de Lorenzetti; y  Leandro “El Bocón” Vílchez.

 

En la primera audiencia leyeron la requisitoria hecha por el fiscal de Instrucción 3, Esteban Roche. En ella señaló todas las pruebas que indican a los tres acusados como presuntos autores del homicidio. Para Roche queda claro, en base a la investigación, que Lorenzetti fue el autor intelectual del crimen, quien se los encargó a De Oliveira y Vílchez, con la promesa de pagarles cien mil pesos.

 

La prueba más relevante con la que cuenta el fiscal es la confesión de participación de De Oliveira en el hecho. En una audiencia de declaración indagatoria, el jockey dijo que conocía del barrio a “El Bocón”. Y que un día Vílchez fue a buscarlo y le propuso que lo llevara en su moto a hacer un asalto del que se llevarían cien mil pesos, de los cuales le daría la mitad.

 

 

"Creía que era un robo"

 

Recordó que ese sábado 30 de enero a la mañana “El Bocón” fue a buscarlo de nuevo y le pidió que lo llevara. “Me dirigió hasta la ruta 147. Me hizo parar en una esquina, se bajó de la moto y se cruzó delante de la mujer (por Romina). No sé qué hablaron porque la moto estaba en marcha. Dio vuelta por delante de la camioneta y escuché el disparo. Le grité ‘vamos’ y la señora salió hacia la esquina. Cuando yo estaba saliendo en la moto escuché otro disparo, él se subió y nos fuimos”, resumió De Oliveira.

 

Según él, la situación lo tomó de sorpresa. Aseguró que él desconocía que ese era el plan de Vílchez. “Le pregunté qué había hecho, si supuestamente íbamos a robar y él no tenía nada como un bolso o algo así” que le diera a él la pauta que había perpetrado el atraco. “Me dijo que el robo era un encargo, le pregunté de quién y me dijo que del marido de la Romina”, señaló, dándole lugar en la historia a Lorenzetti, quien era su patrón desde hacía un año y medio.

 

Recordó que llevó a Vílchez hasta la esquina de su casa, donde discutieron por lo que había sucedido. Aclaró que él en ningún momento tocó el arma que tras el hecho se llevó su compañero. En cuanto al lugar del asesinato dijo que sabía que esa era la casa de su patrón, donde vivía con Aguilar.

 

A la moto en la que habían ido hasta allí, una Yamaha Crypton 110, los investigadores la hallaron en un taller mecánico, ubicado en la calle Ejército de los Andes 1213, donde De Oliveira la había llevado a reparar. El dueño del local dijo que la esposa del jockey la había dejado ahí.

 

El fiscal también resaltó que de la investigación surgió que, una semana antes del crimen, De Oliveira había querido comprar una pistola calibre 45, arma con las mismas características con la que fue ultimada Aguilar.

 

 

 

"No quiso llamar a la Policía"

 

También consideró los testimonios de varios testigos. Uno de ellos aseguró que observó cuando los delincuentes escapaban en una moto.

 

Otra testigo dijo que uno de los atacantes empujaba a la víctima y le decía “dale, dale” y la insultaba. Ella observó detrás de su ventana que uno de los hombres llevó a Romina  caminando y cuando estaba casi al frente de su ventana le ordenó que se tirara al piso. “Ella lo hizo y quedó boca abajo. El hombre en la moto le decía ‘dale, dale’ al otro”, recordó.

 

Dijo que el delincuente que estaba junto a Romina tenía algo en la mano y que luego sintió los disparos. Tras las detonaciones los delincuentes escaparon. La mujer aseguró que ella y sus familiares salieron a ver qué pasaba y hallaron a la víctima tendida en el piso.

 

“Me acerqué y le hablaba. Le pregunté si estaba bien y ella se movía y se quejaba. Entré a buscar mi celular para llamar a la Policía y uno de los chicos golpeaba en la casa de la esquina para pedir ayuda, porque como había una camioneta estacionada ahí pensamos que la conocían pero no salió nadie”, relató la testigo.

 

Dijo que después de golpear varias veces salió un hombre. Era Lorenzetti. “Me acerqué y le pregunté si conocía a la chica y dijo que sí, que era su mujer pero no se acercó hacia ella. Le pregunté si habían querido entrar (ladrones) y me contestó que ella se estaba yendo a la escuela. Llegó la Policía y quisieron llamar a la ambulancia pero el hombre dijo que no, que ya estaba muerta, pero yo veía que se movía y se quejaba”, señaló.

 

 

Los celulares fueron clave

 

Otra prueba que el fiscal señaló en la requisitoria fue la valiosa información que los investigadores obtuvieron a través de pericias telefónicas. A partir de ellas acreditaron que existía un vínculo entre De Oliveira y Lorenzetti que iba más allá del trato empleado–empleador. También obtuvieron el dato que el exintendente “días previos al hecho había estado arreglando el cometido del hecho con intervención de una persona de apellido Orozco, alias ‘El Gallo’”, según señaló Roche.

 

Otro de los puntos que el fiscal resaltó en la requisitoria fue el vínculo entre la víctima y su marido. Una amiga de ella dijo que una vez la acompañó al departamento de Lorenzetti y que la esperó afuera en el auto. A los minutos salió y le dijo que él estaba enojado y que le había tirado con una silla, pero que no la había golpeado. Otra de sus amigas contó que la mujer muchas veces se ponía nerviosa ante la presencia de él.

 

De las investigaciones también salió a la luz que tanto Lorenzetti como su esposa mantenían relaciones extramatrimoniales. En los celulares hallaron intercambios de mensajes entre ellos que daban cuenta que la relación de pareja era sumamente conflictiva. “Aguilar le recriminaba conductas a Lorenzetti. Había peleas, engaños, celos y amenazas en hacer pública información para perjudicar la imagen de Lorenzetti”, quien era una figura pública y tal vez que eso sucediera lo aterraba.

 

Para el fiscal, Lorenzetti les dio a De Oliveira y a Vílchez los datos del momento en que la víctima estaría sola y vulnerable para hacer creer que era un robo y así desviar las sospechas. “Se mostró como un afable colaborador y se puso en papel de víctima”, definió.

 

Roche solicitó prisión perpetua para los tres acusados. A De Oliveira y a Vilchez los señaló como coautores materiales del hecho y les imputó el delito de “homicidio doblemente calificado por mediar promesa remuneratoria y por el uso de arma de fuego”. Y a Lorenzetti lo acusó por “homicidio calificado por el vínculo, por mediar promesa remuneratoria y por el uso de arma de fuego”.

 

 

El tribunal debe resolver un planteo de la defensa

 

 

 

Tras escuchar la requisitoria fiscal, el presidente del tribunal, Jorge Sabaini Zapata, preguntó a las partes si tenían planteos respecto a los testigos citados

 

—según la Dirección de Prensa y Comunicación del Poder Judicial, se espera que declaren 149 personas—, y respondieron que no. Después, dio paso al planteo de las cuestiones preliminares, sobre lo que la Cámara se expedirá en la próxima audiencia, con fecha a fijar.

 

Puntualmente, la defensa del jockey brasilero Edivaldo De Oliveira Pereira, que está conformada por Olga Allende y Gustavo Coria, planteó, por un lado, la nulidad absoluta de la declaración indagatoria que él dio ante la jueza que instruyó la causa, Virginia Palacios, y, por otro, cuestionó la falta de actuación del fiscal de instrucción 3, Esteban Roche, ya que, aseguran los abogados, no hizo el requerimiento de instrucción de sumario después que el extranjero hiciera la manifestación autoincriminante, en la que contó cuándo, dónde, quiénes y cómo intervinieron en el asesinato de Romina.

 

Allende destacó que justamente esa indagatoria que ella pide que sea anulada, “es la cabeza” del procesamiento de los tres acusados, prácticamente el puntal de toda la causa.

 

Dijo que después de conocida la noticia criminal por la manifestación espontánea del brasilero —esto es, cómo había sido la secuencia del homicidio y los roles que habían cumplido tanto él como Vílchez y en calidad de qué estaba implicado el viudo de Romina—, “no hubo un requerimiento de instrucción del fiscal; hay una ausencia del fiscal en ese momento”.

 

Refirió que, en tanto representante de uno de los ministerios públicos, es función del fiscal solicitar a la jueza medidas y la instrucción de sumario y llamado a indagatoria. “A este poder jurisdiccional —el del juez— debía controlarlo el Ministerio Público Fiscal, pero no hubo ningún control de la legalidad”, consideró la defensora.

 

Respecto al segundo planteo, el de la nulidad de la declaración indagatoria, dijo que en este caso De Oliveira Pereira tuvo “una defensa aparente, una defensa ineficaz”, que fue “solo de forma, pero no real ni efectiva”. “El defensor designado de oficio —NdP: Carlos Salazar— no cumplió su rol. Se ha violado la defensa en juicio (…) Ningún defensor permite una incriminación así”, continuó.

 

Recordó que la garantía —que está consagrada en la Constitución y en los pactos internacionales— que indica que nadie está obligado a declarar contra sí mismo es “un halo de protección que prohíbe todo método intimidatorio” (como el interrogatorio o las amenazas, por ejemplo) que se dirija a la autoinculpación.

 

Según la abogada, estos dichos han acarreado otras consecuencias para De Oliveira Pereira. Las responsabilidades que el brasilero vertió en su declaración sobre los otros imputados han generado que él y su familia hayan sido amenazados de muerte. “Su vida está en riesgo”, afirmó.

 

Citó, además, el informe de una psicóloga que ha entrevistado a su defendido, quien señaló que sufre de trastorno de ansiedad y angustia por él y por su familia, que se ve incrementada por su calidad de detenido. La profesional también dijo que está a la defensiva o en alerta permanente, que tiene estrés y problemas para conciliar el sueño.

 

Cuando le dieron la palabra, la fiscal de Cámara 1, Carolina Monte Riso, opinó que el tribunal debía rechazar ambos planteos. Puntualmente, sobre el requerimiento de instrucción dijo que en el sistema vigente en San Luis, que es inquisitivo, es el juez quien lleva adelante la investigación, quien tiene la obligación de llegar a la verdad, por lo que no es obligatorio aquí que a este paso procesal lo haga el fiscal.

 

Y, respecto a la nulidad de la declaración indagatoria, dijo que la declaración del brasilero cumple, no con una, sino con las siete condiciones que establece el artículo 160 del Código Procesal Criminal de la Provincia para que la confesión produzca plena prueba: que sea hecha ante el juez competente, que el indagado goce del perfecto uso de sus facultades mentales, que no medie violencia, intimidación o falsas promesas, que no se preste por error evidente, que el hecho confesado sea posible y verosímil atendiendo a las circunstancias y condiciones personales del procesado, que recaiga sobre hechos que el inculpado conozca por la evidencia de los sentidos y no por simples inducciones y que el cuerpo del delito esté legalmente comprobado y la confesión concuerde con sus circunstancias y accidentes.

 

El defensor de Lorenzetti, Marcos Juárez, solicitó al tribunal que le corriera traslado para opinar sobre el planteo de Allende, que consideró pertinente y sólido, “con respaldo constitucional y procesal”.

 

Lo hizo con el argumento que este también afecta a los otros acusados, en tanto Oliveira Pereira los señaló en su indagatoria, la que Allende cuestiona.

 

La Cámara hizo un cuarto intermedio para resolver esto último. Decidieron no hacer lugar a la reposición planteada, no concederle traslado “por serle ajeno, por exceso e inoportunidad”, leyó el presidente del tribunal.

 

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