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Muerte de Emmily: procesan con tobillera electrónica a Sáenz Valiente

La decisión la tomó la Sala 6 de la Cámara del Crimen, aunque no le dictó la prisión preventiva al empresario.

Por redacción
| 28 de junio de 2023
La modelo (Emmily) murió tras caer de una ventana del departamento del empresario (Saénz Valiente) hace tres meses. Foto: Internet

El empresario Francisco Sáenz Valiente fue procesado este miércoles sin prisión preventiva, pero con la obligación de tener que usar una tobillera electrónica por el “homicidio culposo” y la “facilitación de drogas” a Emmily Rodrigues, la modelo brasileña que hace casi tres meses murió tras caer del departamento del imputado en el sexto piso de un edificio del barrio porteño de Retiro, informaron fuentes judiciales.

 

La resolución -a la que accedió Télam- fue adoptada por la Sala 6 de la Cámara del Crimen, quien dispuso el procesamiento de Sáenz Valiente -aunque sin prisión preventiva-, como autor del delito de “suministro gratuito de estupefacientes, en concurso ideal con facilitación de un lugar para su consumo, en concurso ideal con homicidio culposo, en concurso real con el de tenencia ilegítima de un arma de uso civil condicional”.

 

Con esta nueva calificación, la Sala 6 de la Cámara del Crimen dio por entendido que la muerte de Emmily fue responsabilidad del empresario pero no por dolo directo, sino producto de la ingesta de drogas que esa noche ofreció en su casa.

 

Así, descartaron el femicidio o el homicidio criminis causa –para ocultar un abuso sexual-, planteado por la querella o el “abandono de persona agravado por el resultado muerte”, pedido por la fiscalía en la audiencia oral realizada el pasado 22 de mayo.

 

Si bien decidieron no dictar la prisión preventiva –como habían pedido la fiscalía y la querella-, los camaristas Magdalena Laiño, Ricardo Matías Pinto e Ignacio Rodríguez Varela, sí ordenaron que el empresario del agro y minero sea monitoreado de manera ambulatoria con la colocación de “una tobillera electrónica de geolocalización digital y radiofrecuencia que permita el rastreo de su ubicación”,

 

Los jueces ordenaron que esa medida “deberá articularse a través del ‘Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica’ dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Justicia y Derechos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación”.

 

Télam/MGE

 

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