Diputados aprobó la "Ley Olimpia"
La ley prevé una serie de medidas cautelares que puede dictar la Justicia como ordenar a las plataformas quitar los contenidos que generan la violencia.
La Cámara de Diputados dio media sanción por amplia mayoría, con solo dos votos en contra y una abstención, a la "Ley Olimpia", que incorpora la violencia contra mujeres en entornos digitales a la Ley 26.485 como otra forma de violencia machista.
La ley prevé una serie de medidas cautelares de protección que puede dictar la Justicia, entre ellas, ordenar a las plataformas digitales el quite de los contenidos que generan la violencia. Se trata de un proyecto impulsado por organizaciones que acompañan a mujeres que han sufrido hostigamientos, extorsiones y la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento a través de páginas webs y redes sociales. Además de esas expresiones, la norma contempla también como violencia telemática la “reproducción en el ámbito digital de discursos de odio misóginos”.
Un aspecto muy importante es que establece que para la notificación de la medida de remoción de contenidos que puedan ordenar jueces o juezas se permite emplazar a las empresas de plataformas digitales mediante vía escrita o electrónica, teniendo en consideración que muchas compañías proveedoras de servicios de internet se encuentran radicadas en el extranjero y aceptan canales de comunicación electrónicos para solicitudes judiciales que les llegan en procesos penales. Pero suelen desconocer este tipo de pedidos por entender que son meros intermediarios y, por ende, no se responsabilizan por el contenido publicado por terceros. Muchas veces desconocen las notificaciones porque no tienen sus oficinas centrales radicadas en el país.
Redacción/MGE
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