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Presentaron una demanda judicial por el daño salarial a empleados municipales

La medida contempla un amparo y una cautelar por la omisión del "Tratado de La Toma"..

Por redacción
| 17 de enero de 2024
Representación legal. Ali concretó la acción bajo el auspicio del reconocido letrado Leonardo Martínez Herrero. Foto: Héctor Portela.

La irrupción institucional del gobierno del cordobés Claudio Poggi suma hitos judiciales. Esta vez, el intendente de La Toma, Ernesto Nader Ali, presentó un amparo por la omisión del “Tratado de La Toma”, acuerdo al que suscribieron 64 municipios y que sentó las bases de la dignidad salarial de los trabajadores de distintos puntos del territorio puntano.

 

“No nos ha quedado otra opción que recurrir a la Justicia para echar luz sobre esta cuestión, que está absolutamente clara. La semana pasada, mediante un decreto, se procedió a desafectar los fondos que existían para el pago de un convenio específico del ‘Tratado de La Toma’. Esos fondos eran para hacer frente a los sueldos anuales complementarios que se abonan en diciembre. Asimismo, el Gobernador manifestó en un mensaje que suspendía o derogaba el tratado; nosotros no tenemos comunicación fehaciente. El diálogo, lamentablemente, es inexistente, entonces no nos queda ninguna opción que ir a la Justicia a defender los derechos de los trabajadores municipales”, aseveró Ali en diálogo con El Diario de la República.

 

De acuerdo a lo que indicó el letrado que representa a Ali, el reconocido abogado Leandro Martínez Herrero, el actual Gobernador incurre en una inconstitucionalidad flagrante. Para comprender el escenario, en el devenir de los hechos primero se rubricó el “Tratado de La Toma”; hay un decreto que convalida ese acuerdo. Luego, hay un convenio específico que también es ratificado por un decreto. Sin embargo, Poggi solo con un discurso deja todo sin efecto.

 

Incluso, posteriormente, emite un decreto de necesidad y urgencia, aunque no esté contemplado en la Constitución Provincial; dicta el Decreto 150SGG-2023 y el 35-MG-2024, aunque no tenga facultades para hacerlo. “Cuando quiere citar en los considerando los fundamentos en los que basa el DNU, cita el fallo Ercolano de la Corte Suprema, pero ni siquiera lo leyeron. Ese fallo lo dicta la Corte para la Ley de Alquileres que regía y establece que el Legislativo es el que sanciona la emergencia, no el Ejecutivo. Entonces, dicta un DNU que no es tal y se arroga prácticamente las facultades extraordinarias”, manifestó el abogado.

 

Para el intendente Ernesto Nader Ali es tan claro que el dinero está, que en el decreto con el que ordenan la desafectación de los fondos, la gestión de Poggi define que los recursos deben volver al Ejecutivo para que este los disponga. En otros términos, la propia acción expone la verdad de los hechos.

“Está a un paso de tener la suma del poder público. Además, el Decreto 35, desde el punto de vista administrativo, los actos administrativos son revocables en sede judicial, no en sede administrativa”, añadió.

 

 

Avasallamiento

 

Ali lamentó que desde que empezó el gobierno de Poggi, ha visto avasallados los derechos. En total, los fondos que desestimó el Gobernador riocuartense son de $13.712.433, lo que conlleva un grave perjuicio a las arcas del Municipio de La Toma.

 

“La verdad es que no es una buena situación; no me esperaba vivir esto. El diálogo requiere de dos partes. Desde que comenzaron con esta nueva etapa no han sido más que avasallamientos, de los que nos hemos enterado por los medios”, apuntó.

 

“Supuestamente, hay una denuncia en mi contra. Yo me quiero someter cuanto antes a eso, tengo una chata modelo 17 y una casa de 42 metros. En esa causa seguramente vamos a discutir muchas de las cuestiones que tienen que ver con la honestidad y la transparencia. Después, es todo un sistema de escraches y redes sociales que no se condicen con la realidad y los pone muy lejos de las personas”, agregó.

 

La parte denunciante solicita que se declare la nulidad de los decretos 150-SGG-2023 y 35-MG-2024, con los que el gobierno de Poggi basa su avasallamiento contra el “Tratado de La Toma”. Advierten que la gestión se tomó facultades inconstitucionales que ninguna normativa le otorga.

“Yo pensé que cuando Poggi iba a dar su anuncio el 14 de diciembre, iba a dar un aumento de sueldo y no el desdoblamiento. La situación que estamos viviendo es de una crisis enorme y requiere que todos estemos juntos trabajando en eso, no generando conflictos. La plata del ‘Tratado de La Toma’ está. Esto debería pasar por la Legislatura, si es que hay alguna crisis en algún sector. Los intendentes merecemos respeto. Lo importante es la humildad, el diálogo y las personas que pasan por esta tremenda crisis”, opinó.

 

 

Sobre la medida

 

En la presentación queda claro que no hay una situación de emergencia tal que amerite la irrupción institucional de Poggi. En este sentido, el amparo pide oficio al Banco Central de la República Argentina, para que informe los saldos de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas comitentes, plazos fijos, títulos públicos, tanto en moneda extranjera como de curso legal, a nombre del Gobierno de la Provincia al 9 de diciembre de 2023 y los movimientos efectuados en las mismas desde esa fecha hasta el 9 de enero. Del mismo modo, pide informe a la fecha de respuesta de la nota.

 

En San Luis, no se ha aprobado aún la ley de ministerios. Con lo cual, la emisión de diversas medidas en las que median las firmas de los funcionarios es prácticamente inservible; carece de validez. El gobierno de Poggi incurrió en múltiples errores legales en sus decretos y disposiciones.

De igual manera, requiere datos precisos, con los mismos parámetros, al Banco Nación. Para Ali y su representante legal, son detalles fundamentales en los que quedará expuesta la verdad.

 

Más allá de la petición de nulidad de los decretos que omiten el “Tratado de La Toma” y el acuerdo específico, contempla una medida cautelar para que el Gobierno abone inmediatamente los fondos correspondientes. El amparo solicita la habilitación de la feria judicial para el tratamiento (a instancias de la gravedad institucional).

 

La acción se interpuso en el Superior Tribunal de Justicia, tal como lo disponen las normativas vigentes.

 

 

 

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