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Los juicios civiles comienzan a ser orales

Por redacción
| 05 de junio de 2017
A partir de ahora los conflictos entre partes se resolverán luego de dos audiencias.

Ahora los jueces civiles de las tres circunscripciones: San Luis, Villa Mercedes y Concarán, que tengan a su cargo expedientes donde todavía no se abrió la instancia de apertura a prueba, estarán en condiciones de fijar la primera audiencia de conciliación con el nuevo método oral donde el juez debe estar presente. Las causas que podrán tramitarse serán las derivadas de accidentes de tránsito, los juicios por desalojo, la división de condominios o los denominados de conocimiento, que son aquellos donde dos partes voluntariamente se presentan ante un juez para dilucidar sobre hechos dudosos o derechos contrapuestos. 
El camarista Civil, Javier Ayala Solano, anunció que “el proceso civil ahora se va a concentrar en dos audiencias: primero se interpone una demanda, luego se contesta y ahí se convoca a una primera audiencia de apertura a prueba, con intervención del juez, que es lo que no se hacía con el sistema que teníamos antes. Ahí las partes deben presentar el menú de la información que tienen para defender su posición”. 
En ese primer encuentro, será el magistrado quien determine cuáles serán las pruebas que efectivamente se mantendrán, establece un tiempo prudencial y fija una segunda audiencia. “En la confesional comparecen todos los testigos y para la actuación de los peritos, si fuese necesario, el juez fijará lo que se denomina audiencia de causa, que podría ser como máximo a los seis meses de haberse concretado la apertura de prueba”, aclaró el camarista.
Una vez producidas esas dos audiencias, el juez quedará en condiciones de dictar una sentencia, lo que Ayala Solano consideró positivo porque “esto servirá para acortar sensiblemente los plazos de tramitación de los expedientes”. Y señaló que otra de las ventajas que ofrece este sistema es que “tanto en la apertura a prueba como en la de vista de causa, es obligatorio que esté presente el juez porque lo que se intenta es que se pueda concretar una conciliación para acercar a las partes en conflicto”.
El camarista señaló que en ambas instancias se puede alcanzar una solución: “En la primera se puede lograr cuando las partes hayan presentado los reclamos y sin que se hubiera producido ninguna prueba. Y en la segunda también se puede alcanzar luego de que el juez haya visto las pruebas producidas. Además, en esa segunda instancia de conciliación, las partes ya tienen una idea clara de lo que pudieron probar y lo que no. Incluso porque los abogados ya van a saber cuáles de sus reclamos podrán prosperar”.
El proceso anterior contemplaba varias oportunidades para ofrecer pruebas porque entre otros motivos los testigos no siempre se presentaban a las audiencias y eso implicaba que se fijaran tres o cuatro más, lo que provocaba que los tiempos de la tramitación se extendieran. “La idea ahora es concentrar toda la producción de la prueba en la audiencia de vista de causa. Pero si algún testigo por motivo justificado no pudiera acudir, se fijará una complementaria en no más de una semana. Porque la intención es acortar el trámite del proceso, de las discusiones sobre nulidades, los traslados o la sustanciación”, aclaró Ayala Solano. Además explicó que en el sistema escrito, “el juez recién tomaba contacto con el expediente cuando ya estaba todo el proceso de prueba y testimonios terminado. Ahí empezaba a estudiarlo y a ponerse al día con el conflicto para después dictar una sentencia, lo que implicaba mucho más tiempo”.

 

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