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El Gobierno volvió a clausurar el Feedlot Nicanor

Ordenaron el cese del engorde de ganado que se realizaba sin las medidas ambientales correspondientes. En 2013 sucedió lo mismo. 

Por redacción
| 23 de diciembre de 2019
El feedlot está ubicado en Durazno Alto. Foto: Internet.

Como si fuera un déjà vu, este lunes el Gobierno clausuró el Feedlot Nicanor porque trabajaba sin la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental, lo mismo ocurrió en 2013. En el lugar desarrollaban actividades de engorde de ganado, con alrededor de 800 cabezas bovinas en corrales. 

 

El Programa de Fiscalización Ambiental corroboró, luego de varias inspecciones en el lugar ubicado en El Durazno Alto, que se volvieron a desarrollar actividades de engorde de ganado.

 

“Durante la última inspección observamos actividad dentro del establecimiento por lo que se realizó un acta de constatación, notificando a la empresa que tenían un plazo de 10 días hábiles para dar inicio al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”, detallaron desde la cartera.

 

La clausura del feedlot se dictó bajo el Principio Precautorio de la Ley General del Ambiente y la Ley IX-0876-2013 de Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Esta última en su artículo 5° prevé que “ningún proyecto, emprendimiento, obra, instalación o actividad que sea susceptible de degradar el ambiente o afectar la calidad de vida de la población podrá iniciar su ejecución sin el cumplimiento del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”.

 


Los antecedentes

 

Nicanor había presentado en 2011 una categorización para encuadrar el establecimiento en el contexto de la Ley de Impacto Ambiental, que en ese momento no existía, ya que solo había una resolución.

 

Al salir la ley en 2013 y reglamentarse al año siguiente, es que se hace una inspección al feedlot y se le solicita que presentase el Estudio de Impacto Ambiental. Pero la empresa respondió que no correspondía aplicar la ley por considerar que eran preexistentes a esa legislación.

 

La ley establece en un artículo específico para los establecimientos preexistentes un plazo para que se acomoden a la normativa. Tras la negativa de Nicanor a cumplir con la legislación, el Gobierno dispuso el cese de actividades, una medida que la firma luego cuestionó mediante un recurso de amparo, cuya sentencia ahora fue rechazada por la Cámara Civil.

 

“Ellos se niegan a realizar el estudio de impacto ambiental, pero por la ley están catalogados como una actividad pecuaria, con cría intensiva, entonces están obligados a presentar la información, que incluye evaluación del destino de los residuos, efluentes y desechos patológicos de las vacunas, entre otros”, detallaron en su momento desde Medio Ambiente.

 

Además, en junio del año pasado se tomaron muestras y corroboraron que no cumplían los parámetros de la normativa, lo que los convertía en potenciales contaminantes de las napas y ríos pendiente abajo.

 

ANSL

 

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