Condenan a ex director de una guardería por abusos a 2 nenas
En un veredicto unánime, le dieron seis años de prisión. Hasta el final, él sostuvo que era inocente.
Diez años transcurrieron entre la primera denuncia contra Sebastián González Abarca y la condena que ayer le aplicó la Cámara del Crimen 1 de San Luis, a seis años de cárcel. Y tal decisión implica un rotundo cambio en la vida del hombre de 38 años, quien estuvo libre durante el tiempo que duró la investigación para determinar si había abusado de dos nenas en el jardín maternal que dirigía hace una década. Ayer, el tribunal consideró, en un fallo unánime, que era autor de los tocamientos sufridos por dos niñas que asistían a la guardería, una que estaba próxima a cumplir los 3 años y otra de 3 años y medio.
El acusado sostuvo su inocencia hasta último momento, y dijo que quería demostrarla. Cuando le dieron la posibilidad de expresar las últimas palabras, refirió que cree en la Justicia, que estuvo a disposición de ella a lo largo de estos años y que perdió dinero a manos de su anterior defensa, a la que calificó de “oportunistas” “que te acompañan y te dejan”.
Ayer, según el sorteo, quien votó en primer término fue la jueza Silvia Aizpeolea. Luego le correspondía emitir voto a quien presidió la Cámara durante estos días, José Luis Flores, y, por último, a Gustavo Miranda Folch, quien es juez de la Cámara del Crimen 2, pero integró el tribunal en este debate.
Aizpeolea consideró que González Abarca fue responsable del delito de “Abuso sexual simple agravado por ser encargado de la guarda” respecto a ambas niñas. Valoró como un atenuante su falta de antecedentes y, como agravante, la defraudación de la confianza que le tenían las víctimas e inclusive sus padres. Los otros dos magistrados coincidieron con Aizpeolea en todas las cuestiones a resolver.
Previo a los alegatos, cuando inició la audiencia, a media mañana, declararon los últimos testigos, que habían sido solicitados por la dupla defensiva, integrada por los abogados Jorge Rosales y Héctor Andina. Eran mamás de nenas que también fueron al maternal, y ambas aseveraron que nunca advirtieron nada raro ni en sus niñas ni en el trato que había hacia ellas por parte del personal de la guardería. Ante una pregunta de la defensa, sostuvieron que volverían a confiarle las chicas al acusado, aseveración que fue citada por Rosales durante su exposición.
El primero en alegar fue el representante de las dos víctimas, Hugo Scarso. Comenzó sosteniendo que hubo, por parte de la defensa, “una búsqueda alocada de la prescripción de la causa” en lugar de “la verdad real”. Los actuales defensores asumieron poco antes del inicio del juicio. De forma precedente, González Abarca fue representado por Carlos Salomón, Carlos Robledo y Marcelo Shortrede, siendo este último quien lo representó durante más tiempo.
Scarso dijo que había “prueba abundante” de los abusos; que ante este tipo de delitos, que usualmente no son perpetrados a la vista de terceros, “hay que sopesar hasta los más mínimos indicios” y que las conclusiones de la pericia psicológica-psiquiátrica hecha al acusado (en la que se hace referencia, entre otros aspectos, a su inmadurez) “tiene inferencia directa en la causa”. Luego, la fiscal indicaría que surgió que presenta “desajustes conductuales en diferentes áreas” del comportamiento.
“Primero investigaron los papás”, dijo el querellante respecto al caso de una de las nenas, cuyos padres, al advertir entre fines de marzo y comienzos de abril de 2009 algunos cambios de conducta en la pequeña (como autolesiones, su negativa a higienizarse, la notable agresividad y aversión a la figura masculina, entre otros), resolvieron llevarla a una psicóloga, Celina Moso, y también a la pediatra, para que la examinara. Hicieron la denuncia después, a fines de ese año.
La semana pasada, ante el tribunal, la psicóloga confirmó que, transcurridas ya algunas sesiones, la pequeña le contó, con palabras propias de su edad y con vocabulario que compartían en su casa, que el profesor la había tocado en la zona íntima. La profesional refirió que detectó en ella signos de abuso.
En igual sentido, el querellante mencionó el relato que dio la otra víctima, la niña de 3 años y medio, a su mamá, a la psicóloga que la atendió, Marcela Monte Riso, y a María Gladys Samper, la coordinadora de la Cámara Gesell del Poder Judicial. La criatura hizo referencia a manoseos en la zona genital con verbalización, gestualidad y juegos. Y a todas las personas a las que les confió lo sucedido les dijo que “el profe Seba”, de la guardería, era quien la había tocado.
Además, Scarso dedicó algunos minutos a indicar por qué no era razonable la explicación del acusado en cuanto a que la denuncia de uno de los padres estaba presuntamente motivada en el afán de desprestigiarlo porque él se había negado a venderle el fondo de comercio del jardín.
Dijo que la familia que representa, además de ser tradicional y conocida en San Luis, tiene la solvencia económica suficiente como para haber fundado, si ese hubiera sido su deseo, una guardería de un nivel mejor, inclusive. Dijo, además, que deslizar que había una supuesta connivencia entre las familias denunciantes también era algo sin sentido, y negó que haya existido un acuerdo.
Se aprovechó de la confianza
La defensora de Niñez y Adolescencia, Gabriela L’Huillier, alegó luego de Scarso y la fiscal Monte Riso. Por ello, y dado que coincidió con ellos en los argumentos ya expuestos, solo hizo una sintética pero puntual reseña de las pruebas. “Para llevar adelante los ataques a la integridad sexual se valió del conocimiento de ambas y de la confianza de sus padres. Ha sido groseramente menospreciado y vapuleado el interés superior del niño”, afirmó antes de acotar que adhería a lo pedido por la fiscal.
Rosales fue quien desarrolló la parte más extensa del alegato defensivo, que Andina cerró con la reiteración de que se vieron privados “de la inmediatez de la prueba”, en referencia al video de la Cámara Gesell (dañado durante la investigación), y con el pedido para que González Abarca fuera absuelto.
Lo primero que Rosales expresó fue que González Abarca llegó a su estudio este año “con el hastío de que este juicio no tuviera resolución (…), el proceso duró 10 años, quiere que se lo condene o que se lo absuelva”. “Estuvo a disposición de la Justicia, siempre acudió. En la apertura del debate declaró, lo hizo en forma clara, tranquila (…) Necesitaba decir su verdad, que lo escucharan. Fue contundente en las cosas, sin quebrantamientos, sin contradicciones, no ha mentido”, aseveró.
Indicó que las psicólogas que atendieron a las niñas, y que confirmaron, en ambos casos, que presentaban signos de abuso, “son peritos de parte, pagados por los padres”. En tal sentido, dijo que como los papás expresaron que acudieron a ellas ante la sospecha de que hubieran sido abusadas, las especialistas “caminaron hacia ese lado”, por lo que sus informes “están desprovistos de la objetividad necesaria de un perito”.
Según Rosales, ningún testimonio ubica a su cliente en el baño, el lugar donde las víctimas señalaron que ocurrieron los tocamientos.
A una de las niñas, la menor, no pudieron hacerle Cámara Gesell. Por eso, a su entender, “la denuncia queda trunca”, dado que es a través de este sistema que se puede tener la declaración del niño. Respecto a la Cámara Gesell de la otra nena, dijo que era una pericia a la que no podía dársele el valor de prueba, en tanto el disco en el que fue grabada filmación está dañado, y la defensa no pudo ver ese video.
Por otro lado, dijo que el abogado del acusado no fue notificado de su realización, razón por la cual se lo privó de controlar la prueba, afectando el derecho de defensa, y solicitó que la declararan nula. “Esa prueba decide la suerte de mi defendido (…) No podemos defender a nuestro cliente, es como ir contra molinos de viento, es la prueba que no pudimos ver”, expresó.
"La defensa estaba al tanto"
A su turno, la fiscal respondió a este planteo. Dijo que no advertía una afectación del derecho de defensa, ya que es solo una de las pruebas, y que así y todo, lo manifestado por la niña quedó plasmado en un informe al que todas las partes y el tribunal accedieron.
E indicó que antes de que se cumpliera un mes de la primera denuncia, el 2 de noviembre de 2009, Salomón asumió la representación del sospechoso, por lo que todas las pruebas fueron notificadas a la defensa particular e inclusive a la Defensoría Oficial.
“La defensa ha estado al tanto de todo movimiento”, afirmó antes de solicitarle al tribunal que no hiciera lugar al planteo de Rosales. El pedido de nulidad, formulado antes por otro abogado de González Abarca, ya había sido rechazado en otra instancia del caso.
La exposición de Monte Riso estuvo en sintonía con la de Scarso y L’Huillier. Punto por punto, enumeró las pruebas que acreditaban la autoría de González Abarca, en uno y otro caso.
Hizo una detallada referencia a las conclusiones de las psicólogas, tanto las particulares como Samper, perito oficial, en cuanto a los cambios en la conducta, los indicadores de abuso, la descripción de en qué consistieron éstos, el señalamiento que hicieron ambas nenas del acusado.
Respecto al relato de la víctima que habló en Cámara Gesell, Samper dijo que era creíble, que no advertía signos de fabulación. Monte Riso consideró que a esa edad tan temprana, un niño “jamás podría inventar algo que no ha visto o haya vivido. No fantasean y no hay una inoculación en el relato”, afirmó. Y solicitó que condenaran al acusado a seis años de cárcel, pena que finalmente impuso el tribunal.


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