SAN LUIS - Viernes 04 de Julio de 2025

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Qué opciones hay si en la Policía se niegan a tomar la denuncia de un delito

La Ley obliga a que "la denuncia se reciba de inmediato" y a "que la víctima sea asistida para su recuperación".

Por redacción
| 06 de julio de 2021
No puede decir que no. La Policía debe atender el requerimiento del vecino. Foto: El Diario.

Un vecino de la ciudad de San Luis sufrió una estafa virtual y cuando fue a realizar la denuncia en la comisaría más cercana a su hogar no tuvo éxito, la Policía se negó a recibírsela. “Me estafaron por teléfono, me dijeron que tenía que cobrar un dinero y me pidieron mis datos personales, luego vaciaron mi cuenta del banco”, relató Eduardo. Y continuó: “Cuando fui a la comisaría me dijeron que por el tipo de delito no podían hacer nada”.

 

El de Eduardo no es un caso aislado, ha habido otros. Por eso el Poder Judicial de San Luis entendió que es necesario reiterar que en las oficinas policiales tienen la obligación de recibir las denuncias, y recordar cuáles son los derechos que tienen las víctimas.

 

Específicamente el capítulo tercero de la Ley N° 23.732, de Derechos y Garantías de las Víctimas de Delitos, indica que la persona tiene derecho a “que se le reciba de inmediato la denuncia del delito que la afecta, que se respete su intimidad en la medida que no obstruya la investigación y a ser informada sobre sus derechos cuando realice la denuncia o en su primera intervención en el procedimiento”.

 

 

El Centro de Atención a Víctimas de Delitos asesora y brinda contención psicológica.

 

 

“Esto es fundamental para garantizar el derecho al acceso a la Justicia”, explicó la secretaria del Juzgado de Familia 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, Aldana Manceñido.

 

Si en una dependencia policial no le reciben la denuncia o dilatan los tiempos para su atención, la víctima puede asistir a diversas dependencias que pueden intervenir y asesorar al damnificado. “Algunos de los organismos que trabajan de manera articulada con el Poder Judicial, para garantizar los derechos a las víctimas de delitos, son el Centro de Atención a Víctimas de Delitos y la Secretaría de la Mujer”, agregó Mancediño.

 

La citada ley considera a las víctimas como “todas aquellas personas afectadas directamente por un delito y a los familiares o personas con vínculo directo de los individuos que hayan sido víctimas de delitos, en los casos en que hubiere resultado su muerte o quedaren incapacitados para hacer valer sus derechos”, precisó la funcionaria judicial.

 

Derechos garantizados por ley

 

Mancediño explicó que el espíritu de la norma busca “reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; garantizar el derecho al asesoramiento, asistencia, representación, protección, verdad, acceso a la Justicia, tratamiento justo, reparación y celeridad; establecer y coordinar acciones y medidas necesarias para promover, hacer respetar, proteger, garantizar y permitir el ejercicio efectivo de los derechos de las víctimas; implementar los mecanismos para que todas las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, cumplan con sus obligaciones de prevenir, investigar, sancionar delitos y lograr la reparación de los derechos conculcados”.

 

Además, la Ley dispone que se deban determinar protocolos y recomendaciones sobre los deberes de los organismos que intervengan en los procedimientos relacionados con las víctimas de delitos.

 

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