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Encarcelaron a una pareja por la violación de su hija adolescente

El hombre fue procesado por el delito de abuso sexual agravado. La madre fue acusada de ser partícipe necesaria, sabía de los ultrajes y los maltratos.

Por redacción
| 08 de abril de 2019
Notificados. La pareja acusada la noche del domingo, saliendo de las oficinas del juzgado Penal 3. Foto: Marianela Sánchez.

Un auto de procesamiento es un documento en el que un juez vuelca sus fundamentos sobre la decisión o fallo de un caso. Generalmente, contiene apartados en los que se presentan las pruebas valoradas y se remite a la jurisprudencia de casos similares para apoyar tal o cual sentencia. Pero el texto firmado por la jueza Virginia Palacios los últimos minutos de este domingo es algo distinto, y hasta pareciera personal, porque la magistrado volcó en él una fuerte crítica a la revictimización a la que el sistema judicial somete a las víctimas, incluida una autocrítica a su propio juzgado, y un rechazo tajante a la estrategia de los acusados, que quisieron hacer quedar a su hija como “una chica fácil”, exponiendo detalles de su vida íntima, para librarse de la acusación por abuso sexual por la que son investigados. Nada de lo que dijeron, ni los testigos que aportaron, pudieron librarlos de la imputación y Palacios los envió a la cárcel procesados por el delito de abuso sexual agravado en el caso de él, y por abuso sexual agravado en calidad de partícipe necesario en el de ella, que siempre supo de los maltratos y los ultrajes y nunca ayudó a su hija.

 

“Me permito exponer que, en los diez años en el ejercicio de la magistratura, pocas veces he escuchado y sentido un relato tan cruento y descarnado de quien hoy resulta una adolescente que entiende y expresa que respecto de lo vivenciado ya no existe posible retorno”, escribió Palacios en el escrito.

 

La víctima, que actualmente tiene 20 años, es hija biológica de la procesada pero no del acusado. No obstante, lleva su apellido ya que él la reconoció, por lo que, legalmente, es su hija. Dado que tanto la joven como el imputado tienen el mismo apellido, El Diario no dará las identidades de la pareja para preservar la de la denunciante.

 

En varias audiencias, demasiadas lamentó Palacios, la chica contó una y otra vez que lo abusos comenzaron cuando tenía 6 o 7 años, primero con tocamientos y luego con exhibiciones obscenas, siempre atravesadas por un contexto de violencia y maltrato.

 

Pero en 2015, cuando promediaba los 16 y comenzó a verse con chicos de su edad, el hombre dio un paso más y ultrajó a la menor, un hecho que ella misma acusó con su madre, que optó por tratarla de mentirosa.

 

Un mes después de ese hecho, la entonces adolescente halló refugio en la casa de unos tíos, que fueron quienes instaron la acción penal para que pudiera investigarse el caso. Justamente, los abusadores, que estuvieron libres durante gran parte del proceso, cayeron detenidos en marzo pasado por amenazar a esa gente.

 

Durante la prórroga de la detención, que se concretó porque ya habían pruebas firmes sobre la ocurrencia del delito, Hugo Scarso, abogado de la pareja implicada, presentó una serie de testigos que pretendieron desviar la culpabilidad hacia la víctima, dando a entender de que su vida sexual y actitudes la convirtieron en la instigadora y culpable de que la violaran.

 

“La denunciante, como mujer y en su esfera de privacidad y desarrollo de su faceta  sexual, ostentaba y ostenta sus derechos más sagrados en cuanto a su reserva. En ese ámbito es dueña y señora de sus actos y resulta inadmisible la intromisión judicial en dicha zona”, criticó Palacios, y dejó claro que “de ninguna forma restaré crédito a sus dichos, respaldados en solidas probanzas incorporadas en la causa, sea que hubiere sido rebelde, que hubiere tenido uno, dos, o diez novios”.

 

“Por demás me permito aseverar enfáticamente que resulta una técnica ya insostenible la de situar a la denunciante como la instigadora sexual y causante originaria de la agresión sexual. Me resisto firmemente a consentir dicha actividad por cuanto no resulta menor el trauma que la seguirá (a la víctima) cual una sombra por el resto de su vida”, sentenció.

 

El hombre fue procesado por “abuso sexual con acceso carnal agravado por la condición de guardador y el aprovechamiento de la convivencia preexistente siendo la victima menor de edad”; la mujer, por la misma figura legal pero “en calidad de partícipe necesario en comisión por omisión, siendo la victima menor de edad”.

 

En cuatro puntos, Palacios explicó qué actitudes le endilgó a la mujer:

 

1) Haber omitido cuidar a la víctima pese a que, por su carácter de progenitora, le correspondía hacerlo, eludiendo observar la victimización de violencia física y abuso sexual a la que era sometida a manos de su pareja.

 

2) Haber desatendido todas las señales que su hija dio sobre los padecimientos de que era víctima.

 

3) Haber tachado de falaces los dichos de la menor desatendiendo la confianza necesaria que (la víctima) necesitaba depositar en ella en su rol de madre.

 

4) Que aún teniendo el conocimiento de lo que le sucedida a su hija, tuvo la posibilidad de evitarlo y no lo hizo, dejando a su hija a los designios de quien socavare su integridad física, sexual y psíquica.

 

Los acusados fueron trasladados a la penitenciaría de la capital la mañana de este lunes.

 

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