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Condenaron a siete años de cárcel a acusado de abusar de su hijastra

Los ataques, denunciados en 2016, ocurrieron entre los 9 y los 11 años de la víctima.

Por redacción
| 14 de octubre de 2020
De forma virtual. La lectura del veredicto se realizó este martes. Foto: Prensa Poder Judicial.

No hubo gran distancia entre la pena que había pedido, en su momento, el fiscal de Cámara Ernesto Lutens 2 para un hombre acusado de abusar de su hijastra cuando era niña y aquella que este martes le aplicó la Cámara del Crimen 2 de Villa Mercedes. El fiscal solicitó que lo condenaran a ocho años de prisión, y le impusieron siete años de cárcel.

 

El tribunal, integrado por Daniela Estrada, María Silvia del Castillo de Insúa y Aníbal Astudillo, consideró a B.A.V., el acusado, responsable de “Abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa agravado por ser cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente”, y dispuso que fuera llevado de inmediato al Servicio Penitenciario Provincial, según lo informado por la Dirección de Prensa y Comunicación Institucional del Poder Judicial.

 

Los hechos que se investigaron fueron denunciados hace cuatro años por la madre de la víctima. Lo hizo tras descubrir a su entonces pareja sin ropa en la habitación de la niña, quien por esa fecha tenía 11 años. En ese momento, convivían en la misma casa el acusado, la denunciante y sus tres hijos: la niña víctima del ataque sexual, un varón de 7 y un bebé, el único que es fruto de la relación con el ahora condenado.  

 

Durante septiembre se realizaron las audiencias en las que se desarrolló la etapa probatoria del proceso. Como parte de ella, se escucharon a los testigos. Hace exactamente una semana las partes dieron sus alegatos, y ayer se leyó el veredicto.

 

La defensora de Niñez y Adolescencia, Yésica Agüero, adhirió tanto a la pena pedida por el fiscal Lutens como a la calificación en la que encuadró el hecho: “Abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la relación de convivencia preexistente”. Ella consideró que el testimonio de la niña era inobjetable, creíble y verosímil. “No cabe duda respecto de la materialidad del hecho y de la responsabilidad del acusado”, afirmó. La defensora, además, tuvo presente lo que surgió del informe de la Cámara Gesell, en referencia a los abusos crónicos y a los traumas que repercuten en el desarrollo de la vida de la víctima. E hizo mención a los modos de operar del abusador. Es habitual que se valgan del secreto y la amenaza para mantenerse impunes.

 

Por su parte, para el fiscal Lutens quedó probado que la niña sufrió acoso y tocamientos por parte del padrastro entre los 9 y los 11 años. En su exposición hizo mención a la Cámara Gesell como prueba: indicó que el relato de la nena fue validado por la psicóloga y consideró que se trató de un abuso crónico, reiterado. “No hay duda de la autoría”, aseveró Lutens, quien refirió que el acusado intentó hacer prevalecer el secreto e impuso su jerarquía dentro del esquema familiar para lograr su propósito y menoscabar la integridad de la niña. Ya en el cierre, el fiscal valoró como agravantes la continuidad del delito y el grave daño causado a la víctima, y como atenuantes, la falta de antecedentes del hombre.

 

Por su parte, el defensor del acusado, Héctor Domínguez, discrepó con los análisis realizados por la defensora y el fiscal respecto a los hechos y las pruebas. No estuvo de acuerdo con la calificación y dijo que su defendido jamás estuvo a solas con la menor. También manifestó que la Cámara Gesell no tuvo claridad y que no se advirtió en la nena angustia, nervios o preocupación. “No existe evidencia de que haya existido el abuso”, afirmó. Para él, la denuncia fue arbitraria, inverosímil e infundada y hubo una insuficiencia probatoria. Con esos argumentos, le solicitó al tribunal la absolución de su cliente. Pero para la Cámara quedaron probados no solo los ataques contra la integridad sexual de la nena, sino también que su padrastro fue el autor de ellos.

 

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