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Comenzó el Jury de enjuiciamiento contra la Juez de Familia y Menores Nº 2 de Villa Mercedes

Por redacción
| 22 de septiembre de 2014

Este lunes, el Honorable Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de San Luis comenzó con el juicio político contra la Juez de Familia y Menores Nº 2 de Villa Mercedes, Silvina Verónica Lafuente. La audiencia se lleva a cabo en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia.
En la acusación fiscal, el Procurador General de la provincia, Fernando Oscar Estrada, solicitó la remoción del cargo e inhabilitación para ejercer cargos públicos por el término de cinco años.
Los hechos por los cuales se somete a Lafuente a dicho Jury, tienen su inicio en la denuncia formulada por la víctima en la causa “Ortega, Gerardo Hilario- Delito Contra la Integridad Sexual” (Exp. PEX 60523/9). En la denuncia, se acusa a la Magistrada de: 1) Ineptitud demostrada en el ejercicio de sus funciones; 2) Desconocimiento inexcusable y grave del derecho; 3) Parcialidad manifiesta; 4) Graves irregularidades en el procedimiento que han motivado el desprestigio del Poder Judicial.
Todo ello, en virtud de que Silvina Lafuente absolvió a Gerardo Ortega, luego de que el mismo haya sido declarado por la Cámara Penal Nº 2 responsable de los delitos de Abuso Sexual con Acceso Carnal y Abuso Sexual Gravemente Ultrajante Concurso Ideal en un sólo hecho. Se aclara que por haber tenido el acusado 17 años en el momento en que cometió la violación, es que la Cámara se limita a declarar o no su responsabilidad, para luego remitir el expediente al Juzgado de Familia y Menores, en donde por tratarse de un menor de edad, corresponde imponerle condena, reducirla o absolverlo, de acuerdo a la Ley 22.278.
En su acusación, el Dr. Estrada, afirmó que los tres primeros requisitos estaban verificados, y que restaba analizar la modalidad del hecho, el cual describió como “feroz, cruel y aberrante ataque sexual”, para aplicarle o no sanción a Gerardo Ortega.
En su sentencia, la Magistrada denunciada absolvió al acusado y, según el Dr. Estrada, “la omisión de evaluación de los antecedentes del hecho, revisten una gravedad tal que ameritan la remoción de la misma en su cargo”, además, agregó que “lo evidente, es que la Dra. Lafuente con total irresponsabilidad consignó en el Interlocutorio cuestiones de hecho falsas y que la falsedad de tales afirmaciones surge de manera clara y evidente del expediente que tenía a la vista”.

 


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