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Tragedia de Zanjitas: un año, el plazo para investigar a otros responsables

Por redacción
| 21 de octubre de 2015
Tribunal. Miranda Folch, Saá Petrino y Flores. El veredicto de la Cámara fue unánime.

Un año. Ése es el plazo de vida que le queda a la esperanza de las familias de las víctimas de Zanjitas. Anteayer, al condenar al chofer de Polo, Julio Jofré, la Cámara del Crimen Nº 2 ordenó investigar a otras personas que también habrían tenido responsabilidad en el desencadenamiento de la tragedia. Si el juez de instrucción que tome la posta no adopta en doce meses alguna medida, como llamar a alguien a indagatoria, los delitos van a prescribir. Y la expectativa de los familiares que reclaman justicia habrá caído en saco roto.

 


El llamado de atención sobre el tiempo que queda para evitar que otros involucrados esquiven rendir cuentas fue lanzado en la última audiencia del juicio por el abogado José Luis Dopazo, durante su alegato.

 


El homicidio culposo, el delito en el cual fue encuadrada la responsabilidad de Jofré, tiene una pena máxima de cinco años de prisión. Ese plazo se extingue, si no hay una medida judicial que lo interrumpa, el 2 de noviembre del año próximo.

 


El fallo del tribunal integrado por Hugo Saá Petrino, Gustavo Miranda Folch y José Luis Flores atendió al clamor de familiares de algunas de las víctimas, enunciados en sucesivas ocasiones y formalizados, en la última audiencia del juicio, por los abogados que los representan.

 


La Cámara encontró atendible el pedido de los querellantes Dopazo, Jorge Sosa y Héctor Zavala de que investiguen a la ex directora del colegio Santa María, Mónica Luna, a los directivos de la empresa dueña del tren, América Latina Logística (ALL) y al ex secretario de Transporte de la Nación, Juan Pablo Schiavi.

 


Por los pedidos referidos a ALL y Schiavi, los jueces dispusieron enviar una copia de la resolución al fiscal Federal de San Luis, Cristian Rachid.

 


Según Dopazo, en la entonces directora del Santa María, Mónica Luna, empezó lo que el abogado denominó “una concatenación de imprudencias”. Porque contrataron un colectivo con menos cantidad de asientos, 39, que la cantidad de pasajeros que viajarían (iban 42 cuando ocurrió el choque, porque una catequista y dos mamás se habían pasado al auto del cura Daniel Pérez), sin cinturones de seguridad, y no habían firmado un contrato con la empresa Polo, ni entregado la nómina, que la empresa debió haber llevado al Programa provincial de Transporte.

 


“El choque no se hubiera producido si el colegio y Polo hubieran actuado de manera responsable”, señaló.

 


Los abogados entienden que por el lado de ALL y la Secretaría de Transporte de la Nación, la imputación corresponde porque la empresa no hizo, y los funcionarios no controlaron ni exigieron que lo hiciera, las inversiones en mantenimiento de los ramales y los trenes. Y el estado de las vías y de la maquinaria del convoy causó que, provocado el choque por el chofer del colectivo, sus secuelas fueran mucho más graves, según los argumentos de los abogados.

 


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