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Lesa humanidad: 28 condenados y un absuelto en el juicio por crímenes en San Luis

Por redacción
| 10 de abril de 2015
Sólo algunos de los condenados estaban cuando ingresó la prensa.

Algunas víctimas y familiares gritaron aliviados y otros tantos explotaron en llanto cuando el juez Oscar Hergott, presidente del Tribunal Oral Federal Nº 1, leyó las 28 condenas y la única absolución para los imputados del segundo juicio por crímenes de lesa humanidad que se cometieron en San Luis durante la última dictadura cívico militar (24 de marzo de 1976-10 de diciembre de 1983). Los magistrados condenaron a prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua a once de los acusados: Miguel Ángel Fernández Gez, Raúl Benjamín López, Carlos Esteban Plá, Carlos Alemán Urquiza, Armando Nicolás Martínez, Juan Carlos Pérez, Luis Mario Calderón, Luis Alberto Orozco, Juan Amador Garro, Higinio Robles y Nelson Humberto Godoy.

 


Si bien a Pérez lo sentenciaron a 17 años y a Orozco a 15, como ambos cumplen una condena de prisión perpetua del primer juicio, los magistrados decidieron unificarlas con esta última. Además, los jueces resolvieron que las condenas se cumplan en cárceles comunes y ordenaron revocar todas las prisiones domiciliarias, previo análisis de una junta médica.

 


En el debate oral y público que consumió 15 meses se juzgaron la privación ilegítima de la libertad, torturas y posterior desaparición y/o asesinatos de Raúl Sebastián Cobos, Vicente Rodríguez, Rafael Roberto García, Nolasco Leyes, Pedro Valentín Ledesma, Graciela Fiochetti, Santana Alcaráz, Raimundo Dante Bodo, Luis María Früm, Adolfo Enrique Pérez y Domingo Hideyardo Chacón. Y también se incluyeron las detenciones ilegales, torturas y vejaciones de por lo menos otros 26 sobrevivientes.

 


El fiscal federal Cristian Rachid fue medido a la hora de opinar sobre la sentencia 478: “Antes que nada quiero ser respetuoso y prudente de la resolución que tomó el Tribunal hasta que no conozcamos los fundamentos de la sentencia que se conocerán de acá a cuarenta días. En el primer análisis que se puede hacer advertimos que en la mayoría de las imputaciones de los hechos más graves se han receptado los criterios de esta acusación y eso nos deja en cierta forma conformes”. Pero aclaró que “hay una gran diferencia con las penas que ha pedido la Fiscalía y eso, entre otras cosas, se debe a que se ha bajado el agravante de la asociación ilícita”. Y señaló que su postura “quedó clara desde el principio sobre que aquí hubo una asociación ilícita agravada por la calidad de quienes la integraban”.

 


Respecto de aquellos que tuvieron condenas más bajas señaló que “ninguna de las penas ha sido como para que no se cumplan y queden en suspenso. En el caso del imputado García Calderón, que fue de tres años, puede mantenerse libre y en el caso de Moreira sí, porque fue el único absuelto y por eso recuperará su libertad”.

 


Sobre la decisión del Tribunal de revocar todas las prisiones domiciliarias para que se cumpla con las condenas en cárceles comunes, Rachid explicó que “entre nuestras funciones está revisar constantemente las prisiones domiciliarias porque siempre es una medida provisoria que está sujeta a que se mantengan las condiciones humanitarias que las habiliten, como son las razones de salud”. Y sobre su trabajo al frente de la fiscalía en este juicio destacó que “los jueces han receptado casi en su totalidad la postura de la acusación porque sólo hubo una absolución y en todos los otros casos el Tribunal los consideró responsables. Haber logrado eso nos parece muy importante”.

 


El abogado querellante, Norberto Foresti, destacó que “en general las  penas de prisión perpetua que solicitamos, tanto la fiscalía como la querella, se han respetado. Salvo en dos situaciones: la de los policías Rodríguez y Jofré a quienes les dieron nada más que cinco años, que nosotros lo preveíamos, porque el Tribunal los benefició con la duda en el caso de la víctima Adolfo Enrique Pérez. Pero todas las demás calificaciones fueron de prisión perpetua donde nosotros coincidimos”.

 


En aquellos casos donde los magistrados valoraron menor sentencia, el abogado de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) consideró que “a los que les dieron 13, 10 u 8 años son cuestiones subjetivas como todo fallo y se verá en los fundamentos de la sentencia qué se tuvo en cuenta para establecer el monto de esas penas. Por ahora nosotros estamos conformes, igual que muchos de los familiares y las personas que han estado acompañándonos”.

 


Si bien aclaró que “un fallo no puede conformar a todos, hay dos hechos importantes que quiero resaltar: el Tribunal los ha considerado delitos de lesa humanidad, rechazó todos los planteos defensivos y sólo hizo lugar a uno del defensor oficial de no considerar el delito de asociación ilícita agravada y sólo aplicar el de asociación ilícita común. Y por otra parte les revocó las prisiones domiciliarias y los obliga a cumplir las penas en cárcel común. Esto es un hecho objetivo”.

 


El abogado más favorecido por el veredicto fue Alfredo García Garro, quien defiende a García Calderón y a Moreira. “La sentencia me pareció excesiva en algunos puntos. En cuanto a las de mis defendidos diría que el caso de Fernández Gez era muy difícil de que por el delito de autoría mediata no recibiera una condena. El objetivo de esta defensa es que se mantenga en su domicilio por su edad. En el caso de Moreira estoy muy conforme porque se pudo demostrar que no tenía nada que ver con los hechos que se le imputaban y no hubo pruebas sustentables para que sea acreedor a los 20 años que habían solicitado la fiscalía y la querella”. Y como a García Calderón se lo condenó a tres años sólo por encubrimiento, dijo que “su libertad está asegurada y no se modificará su actual situación. En general estoy conforme porque se hizo justicia”.

 



A continuación, el listado completo de condenados y las penas fijadas:

 


1. Carlos María Alemán Urquiza: prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


2. Celso Juan Ángel Borzalino: 15 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


3. Luis Mario Calderón: prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


4. Hugo Ricardo Cremonte: ocho años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


5. Horacio Ángel Dana: siete años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


6. Miguel Ángel Fernández Gez: prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


7. Andrés Leonardo García Calderón: tres años de prisión.

 


8. Juan Amador Garro: prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


9. Pedro Armando Gil Puebla: seis años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


10. Nelson Humberto Godoy: prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


11. Marcelo Eduardo González Moure: seis años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


12. Benjamín Jofré: cinco años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


13. Rafael Enrique Leyes: 10 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


14. Omar Lucero: 13 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


15. Armando Nicolás Martínez: prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


16. Raúl Benjamín López: prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


17. Vicente Ernesto Moreno Recalde: 10 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


18. Jorge Félix Natel: 14 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


19. Luis Alberto Orozco: 15 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


20. Enrique Manuel Ortuvia: siete años de prisión.

 


21. Carlos Alberto Ozaran: 20 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


22. Santos Tomás Palma: siete años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


23. Juan Carlos Pérez: 17 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


24. Carlos Esteban Plá: prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


25. Higinio Rafael Robles: prisión perpetua.

 


26. Roque Rubén Rodríguez: cinco años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


27. Oscar Guillermo Rossello: 13 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


28. Ricardo Alfredo Rossi: 10 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.

 


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