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Nuevas condenas para 8 acusados del segundo juicio de lesa humanidad

Por redacción
| 04 de marzo de 2017
Tribunal. Marcelo Alvero, Oscar Hergott y Héctor Cortés dictaron las condenas en abril de 2015.

El fiscal Federal Cristian Rachid explicó las nuevas condenas que recaerán sobre 8 acusados por crímenes de lesa humanidad durante la dictadura militar que fueron juzgados en el segundo juicio a ex represores. El fallo que dictó la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Liliana Catucci, “obligará a que algunos de los 28 condenados en el segundo juicio por crímenes de lesa humanidad se les dicten nuevas penas y en otros, como el caso del oficial de la Aeronáutica Higinio Robles que había sido condenado y estaba alojado en la Penitenciaría provincial, recupere su libertad”, expresó Rachid. En cambio señaló que no se logró que la Cámara revea los beneficios de prisión domiciliaria que hoy beneficia a 21 de los condenados.

 


El fallo, dictado la semana pasada, decidió condenar a Horacio Dana, Marcelo González Moure, Pedro Gil Puebla, Benjamín Jofré y Roque Rodríguez por los delitos de asociación ilícita en calidad de miembros, que además ponderó que fuera calificado como de lesa humanidad. Con lo cual el Tribunal que ya los juzgó, integrado por Marcelo Alvero, Oscar Hergott y Héctor Cortés, deberían constituirse nuevamente para dictarles una nueva sentencia. Los magistrados de la Sala IV también ordenaron revisar las penas impuestas a los ex policías Federales Santos Palma (7 años) y Hugo Cremonte (8 años) por considerarlas “exiguas” respecto de los delitos cometidos y que la Fiscalía había valorado como “muy bajas”.

 


En otro punto resolvió absolver al mencionado Robles por el delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en perjuicio de Raimundo Dante Bodo, por el cual había sido condenado a prisión perpetua y ya recuperó su libertad. En cambio tomó la decisión de revocar la única absolución que se le otorgó a Alberto Moreira quien ahora deberá ser condenado porque se lo encontró culpable de ser miembro de una asociación ilícita, de privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas, y por tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima.

 


Rachid valoró el fallo de Casación porque dijo que “prosperaron la mayoría de  nuestras apelaciones, en especial sobre el delito de asociación ilícita que quedó ampliamente demostrado”. Aunque lamentó que “se continúa con un absuelto, sólo que en vez de ser Moreira ahora es Robles”. Y aclaró que esta sentencia “no está firme porque todavía queda la posibilidad de que los defensores recurran a la Corte Suprema de Justicia”. Ahora el Tribunal deberá reunirse y sólo tendrá que dictar las nuevas penas a estos ocho condenados, sin necesidad de valorar las pruebas presentadas. Según dijo, "será un juicio de cesura donde solamente deben determinar el monto de la pena que les corresponde conforme las nuevas calificaciones que determinó la Casación”. También destacó que quizás “ese Tribunal se pueda integrar con otros magistrados” y que el tiempo que pueda demandar será extenso porque “ahora los defensores pueden presentar un recurso extraordinario ante la Corte y hasta que el máximo Tribunal lo resuelva, esta sentencia no quedará firme y este juicio no se podrá realizar”, remarcó.

 


Hasta que esto suceda, todos continuarán cumpliendo las condenas impuestas el 10 de abril de 2015 y les correrán los plazos legales para obtener otros beneficios como la "excarcelación de la pena cumplida" en aquellos casos que se hayan cumplimentado los dos tercios de la pena y que además demuestren buena conducta.

 



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