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Montiel Díaz: "Las empresas tienen la obligación de cerrar el servicio apenas se lo pidan"

El jefe de Defensa del Consumidor contó cuántos y qué reclamos son los más frecuentes y la manera de evitar contratiempos.

Por redacción
| 16 de diciembre de 2018
Consejo. "Es vital leer bien el contrato antes de suscribir o comprar algo", aclaró Montiel Díaz.

 

Salvo el patrocinio de algún abogado privado, para el común de la gente que queda atrapada en las chicanas o laberintos de las empresas que buscan mantenerlos cautivos de sus servicios, la poca ayuda que pueden conseguir de manera gratuita es en el Programa Defensa del Consumidor. Allí, un equipo de abogados asesora sin costo a aquellas personas que se ven afectadas en su buena fe cuando compran un producto y luego salen perjudicados.

 

En una charla con El Diario de la República, el jefe de ese organismo, Alberto Montiel Díaz, reveló qué deben hacer los consumidores cuando las compañías se comportan maliciosamente y contó cuáles son los rubros que más reclamos generan.

 

"Hasta hace poco, la baja de los servicios se hacía presentándose ante las mismas empresas o manifestando a través de una nota, o algún formulario, el pedido de baja del servicio. Nosotros recibimos este tipo de reclamos en función de que muchas de estas empresas, sobre todo las de televisión por cable, decían que los abonados tenían que venir al mes siguiente o en determinados días u horarios y eso generaba que el consumidor tuviera que abonar un mes más del servicio", expresó el funcionario.

 

"Recibimos varios reclamos en torno a eso y no hay ninguna obligación ni ningún día específico para pedir la baja del servicio. Se puede hacer cualquier día y a cualquier hora y cuando el consumidor asiste a pedir la baja debe ser tomada o recepcionada en forma inmediata por la empresa", agregó.

 

"Hace poco salió una resolución de la Secretaría de Comercio donde a las empresas que ofrecen telefonía fija y móvil, internet y televisión satelital les obliga a tener en sus páginas web un botón de baja. Ahora todas estas compañías tienen la obligación de tener ese dispositivo de baja en su muro inicial de su sitio web. De ese modo sus clientes pueden gestionar la baja de sus consumos. Algunas firmas ya están cumpliendo con esa orden y lo implementaron y en otros casos todavía no lo han colocado. Nosotros comenzaremos en los próximos días con las inspecciones pertinentes para revisar su cumplimiento. No respetar esa resolución es motivo de una infracción a la ley de Defensa del Consumidor", afirmó.

 

En otro tramo de la charla, Montiel Díaz profundizó sobre el comportamiento de las empresas en San Luis.

 

"En nuestra provincia la mayoría de los reclamos que recibimos no apuntan a ese tipo de conductas. Es un tema menor. Es cierto que recibimos quejas y nosotros atendemos esos requerimientos, pero no es un número mayor. Hay otro tipo de situaciones", remarcó.

 

En cuanto a las llamadas a los teléfonos móviles que la gente recibe permanentemente en pos de cambiar de empresas, Montiel Díaz aclaró el panorama.

 

"Las comunicaciones que se hacen proponiendo servicios, lo que nosotros llamamos el típico 'no me llame', se dictó una ley provincial hace tiempo, pero nunca fue reglamentada y por eso no está vigente", contó.

 

A la hora de prevenir problemas futuros con las empresas, el titular de Defensa del Consumidor dio recomendaciones clave: "Lo primero que tiene que ver el consumidor es el contrato inicial que firmará con la empresa. Seguramente hay un artículo del contrato que determina las condiciones para dar de baja del servicio. Siempre lo que la Ley del Consumidor dice es que cuando un servicio es pedido o solicitado vía internet o vía telefónica, el cliente tiene el derecho y la empresa tiene la obligación de recibirlo por los mismos medios en el que fue contratado", sostuvo.

 

Para calificar los reclamos y encaminar las soluciones para que la gente pueda dar de baja servicios, Defensa del Consumidor separó su tarea por rubros. Eso le permite observar el comportamiento de las empresas.

 

"Lo que más tiene reclamos estadísticamente en cuanto a las bajas son la televisión satelital o televisión por cable e internet a nivel local. En cuanto a los equipos que muchos dan en comodato, las empresas piden que ese material sea devuelto. Eso es obligatorio para el consumidor. Se supone que el estado de esos equipos puede sufrir un deterioro por el tiempo en el que fue utilizado, por el propio uso. Mientras ese equipo funcione, no tenga roturas, no se le haya dado un mal uso, lo puede devolver sin problemas y sin ninguna necesidad de pagar o adquirir uno nuevo", manifestó.

 

Una mirada distinta es el abanico de reclamos en general que hacen los puntanos ante el organismo estatal. "Nosotros calificamos los reclamos por rubro. En general, estadísticamente, lideran las quejas a los bancos. El segundo lugar es para las concesionarias de auto y luego comercios. Ahí entran los servicios técnicos y luego telefonía celular y fija. También transporte y salud. Es variado, pero tienen menores reclamos. Dentro del aspecto bancario hay quejas por préstamos, tarjeta de créditos y seguros. También por mala información, falta de información para los clientes o el cobro indebido de un producto que no fue contratado por el cliente", señaló Montiel Díaz.

 

 

Publicidades e internet

 

Un párrafo aparte mereció la publicidad engañosa y la forma en que el cliente puede devolver algo que compró por internet y que luego no era lo que pretendía.

 

"La publicidad puede ser engañosa o defectuosa y está penado como infracción a la Ley del Consumidor. Cuando ocurra eso y algún consumidor o usuario advierta que una publicidad referida a lo que contrató o compró es otro, tiene todo el derecho de hacernos el reclamo por nuestras oficinas. Cuando la compra es vía telefónica o por internet, la Ley de Defensa del Consumidor le da derecho a la persona a que dentro de los 10 días de recibido el producto pueda devolverlo. Cuando el cliente compra una mercadería mediante estas vías no tiene acceso a poder verlo físicamente antes de comprarlo. Por eso existe este artículo dentro de la ley para que, si el consumidor no está conforme, no está de acuerdo o no era lo que pretendía comprar, lo pueda devolver sin ningún cargo y le devuelvan su dinero", sentenció.  

 

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