Ramón Ventura Fernández
Abogado
Engaña pichanga
En la niñez en mi pueblo solíamos decirle al gesto o actitud sin sustento "engaña pichanga".
El que engaña no busca la inteligencia sino la aprobación superflua y efímera.
El Gobierno Provincial ha presentado con mucha propaganda la adhesión a la ley 27.348 y la conformación de las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que deberán resolver los conflictos derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, como un "acontecimiento bisagra" para el sector privado que traerá competitividad, inversiones, baja litigiosidad y reducción del costo laboral.
La alegría gubernamental llevó al Ministro de Gobierno afirmar que las Comisiones Médicas impartirán justicia, dando por descontado atribuciones propias del Poder Judicial. Violación al sistema republicano de gobierno.
Hasta aquí bastaría concluir que tal "acontecimiento" resulta un objetivo beneficio para el empresariado en detrimento de los derechos e intereses de los trabajadores.
Cabe recordar que el poderoso Ministro de Economía durante el menemato Domingo Felipe Cavalo arengaba la necesidad de que los accidentes laborales debían resolverse en un ámbito administrativo. Flor de antecedente.
Vivimos en medio de la tormenta de desviaciones donde la cultura social y económica se ha instalado sobre la generación de falsas necesidades.
El trabajador no necesita de esta "engaña pichanga" que además lo empuja decididamente al apremiante estado de urgencias.
Amerita ponernos en la situación, para su mejor comprensión, del trabajador pobre con salario explotado, enfermo o incapacitado producto de un accidente laboral.
En efecto, producido el infortunio el trabajador concurría a la junta médica que determinaba el grado de incapacidad. De manera sostenida esta junta médica, por órdenes de las aseguradoras, prescribían entre un 10% a un 15% menos del correspondiente.
El trabajador cobraba ese monto y recurrían a la justicia en reclamo de lo que incausadamente le había negado la Junta. Absurdo los mismos que causan litigiosidad hoy reclaman bajarla. Un 80% de los reclamos judiciales derivan de este rubro.
Con la nueva legislación si el Trabajador percibe en esta instancia administrativa la indemnización le está vedado recurrir a la justicia en busca de JUSTICIA. Bajar el costo laboral rapiñando la indemnización a un trabajador enfermo a causa del servicio prestado al empleador no tiene calificación.
Como vemos el trabajador pobre y enfermo se encuentra atrapado sin salida donde la indignidad y la renuncia a sus derechos se presenta como la única opción, recibir una injusta indemnización de rodillas.
La ley de contrato de Trabajo prescribe como nula toda renuncia a todo derecho.
El trabajador concurrirá a la audiencia de la Comisión médica sin patrocinio legal propio y sin perito médico de parte, pues la autorización depende del arbitrio y discrecionalidad de la Comisión. Flagrante violación al debido proceso y defensa en juicio, ambas garantías irrenunciables constitucionales.
Todos los integrantes de la Comisión tendrán una relación laboral con la Superintendencia regida por la ley de Contrato de Trabajo. Es decir, sin estabilidad sin autonomía y bajo las órdenes del empleador y del poder financiero de las ART.
Las conclusiones están a la vista. Manso palo a los pobres trabajadores pobres.
Las Comisiones funcionarán con atribuciones propias del Poder Judicial, sin magistrados, sin concursos de idoneidad para integrales, sin estabilidad y bajo órdenes.
Desentrañar el verdadero sentido y alcance de este "acontecimiento bisagra" se concluye claramente que es un absurdo y cruel beneficio al empresario y una indignante bofetada a los pobres y enfermos trabajadores.
Mientras muchos sienten la necesidad de ser cruel y duros, otros tantos sentimos que a los pobres y trabajadores no les podemos ofrecer las modas y detalles del inhumanismo, sino nuestra existencia expresada en cercanía, compromiso respeto y protección.
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