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La Justicia falló a favor de los candidatos "bajados" por Ponce

El juez Electoral revocó el levantamiento de la lista en Potrero de los Funes y hasta ahora podrán participar.

Por redacción
| 04 de octubre de 2017

Seguimos siendo candidatos”, afirmó con alegría Viviana Martínez, consultada por el fallo del juez electoral provincial Agustín Ruta, que ayer revocó el levantamiento de la lista de candidatos de Potrero de los Funes del Partido “San Luis Somos Todos” que la incluía para competir por la intendencia y a Daniel Alberto Gozainy, Cristina del Rosario Quevedo, José Antonio Soria, Ezequiel Salvador  Taboada, como candidatos a concejales titulares y suplentes.

 

Tras una semana en que Martínez fue bajada de la lista en la que representaba en la localidad serrana a la fuerza del intendente capitalino Enrique Ponce, e incluso despedida de sus labores como directora de Radio Municipal, el juez Ruta le dio el favor a los candidatos frustrados, considerando que previamente Ponce no había presentado ningún tipo de recurso ni cuando se confirmaron las listas durante las PAS (Primaria Abiertas y Simultaneas), ni tampoco dio ninguna justificación de por qué se le apartó ante la justicia; pero sobre todo para resguardar el derecho “a ser elegidos” de los postulantes.

 

“Me parece muy importante que se reconozca el derecho de ser elegidos, de participar en elecciones y de paso se nos dé la razón en cuanto a estos manejos de querer mover candidatos sin pedir opinión”, dijo Martínez, en diálogo con El Diario de la República. “Es una forma autoritaria de disponer de personas como si fueran nada, y especialmente como mujer porque sigo pensando, que si hubiese sido hombre, la situación sería distinta. Se nos quitaron los derechos y este fallo los deja en evidencia”, remarcó.

 

“Es un acto de justicia y nos alegra porque entendíamos que teníamos derecho a ser votados. Creíamos que ya hechas las primeras presentaciones, pasan a ser  los candidatos los dueños de las listas”, coincidió Daniel Gozainy, candidato por el Concejo Deliberante de Potrero en primer término. “No obstante estamos siendo cautelosos, pero con la idea de seguir trabajando. Hoy (por ayer) ya nos juntamos con el equipo de trabajo y vamos a empezar a diagramar las actividades que habíamos suspendido por enterarnos del levantamiento”, agregó.

 

El próximo paso será para Martínez de esperar la decisión de la Secretaría Electoral, que deberá determinar si pueden participar de la boleta, que ya fue presentada por el partido de Ponce, sin la participación del espacio en Potrero, con el agregado de que los plazos ya cerraron. “Cometieron un error, porque acompañaron un desistimiento cuando aún no había una resolución del Tribunal Electoral Provincial”, apuntó la ex empleada municipal.

 

La fuerza de Ponce podría apelar a la decisión de Ruta. “Es probable que apelen, pero el fallo es bastante claro. No se pueden negar mis derechos ni a mí ni a nadie”, concluyó.

 

El fallo del juez Electoral

 

El juez electoral provincial, Agustín Ruta comienza su falló criticando la decisión de revocar la lista por el subrogante Eduardo Giménez, afirmando que se deja sin efecto la lista de Potrero de los Funes, pero que ésta ya había quedado firme el viernes 20 de setiembre y que no fue cuestionada durante los siguiente dos días legales establecidos para hacerlo. “El desistimiento es del 27 de setiembre, cinco días después a haber adquirido firmeza la sentencia de oficialización”, destacó.

 

A partir de esto Ruta considera que los candidatos son “agravados por cuanto ellos (aducen) no haber renunciado y perjudica su participación en los comicios por cuanto se los baja ilegítimamente y sin asidero de una lista oficializada por la Justicia Electoral Provincial y que ya fuera comunicada al Sr. Juez Federal con Competencia Electoral”.

 

Para el juez la decisión del partido "San Luis Somos Todos" “se da de bruces y se pone en contraposición” de la sentencia que oficializó una “lista de candidatos firme y consentida a petición del propio partido”. Más adelante remarca que en ningún momento los postulantes renunciaron a la lista, ni siquiera luego de cumplir todas las etapas de las Primarias Abiertas y Simultaneas.

 

Por último sostiene que su fallo se basa “en el resguardo del constitucional derecho a ser elegido del candidato y su legitima prerrogativa a participar de una elección y no ser dejado de lado de una lista antes de la contienda por mera unilateral voluntad del partido político que es una Institución Fundamental del Sistema Democrático”. Además en este pasaje cita la decisión tomada de permitir la lista de los dirigentes Tony Lorenzo y Paty Farabelli de "Alianza Avanzar Cambiemos" por San Luis en las PAS de agosto.

 

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