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Aprueban una Ley de Manejo del Fuego muy restrictiva

La normativa prohíbe la venta y el cambio de uso de tierras incendiadas por un plazo de entre 30 y 60 años según el sitio.

Por redacción
| 08 de diciembre de 2020
Incendios. El documento establece que no se podrá cambiar el uso de las zonas afectadas por las llamas. Foto: El Diario.

El Senado nacional convirtió en ley, con 41 votos a favor, 28 en contra y una abstención, el proyecto que modifica la Ley de Manejo del Fuego, con el que se prohíbe la venta y el cambio de uso de tierras incendiadas por un plazo de entre 30 a 60 años, para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.

 

Según el sitio de noticias Ámbito Financiero, la iniciativa, de autoría del titular del bloque del Frente de Todos en Diputados, Máximo Kirchner, recibió el apoyo del oficialismo en la Cámara alta y el rechazo de Juntos por el Cambio, que lo tildó de "inconstitucional" y presentó una moción durante el debate —que fue rechazada— para que el proyecto vuelva a comisiones.

 

El documento establece que "no se podrá cambiar el uso" de las zonas afectadas por los incendios "para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino" que tenían al momento del incidente por un plazo de 60 años para los bosques y 30 años para zonas agrícolas.

 

Antecedente en Diputados. La Cámara de Diputados aprobó el proyecto el 18 de noviembre por 132 votos a favor y 96 negativos, en el marco de una extensa sesión en la que hubo fuertes cruces entre oficialismo y oposición.

Los senadores aprobaron modificar la Ley 26.815, de Manejo del Fuego, para que se establezca que quedará prohibido desde la extinción del incendio realizar modificaciones en el uso y destino de esas superficies, ni cualquier emprendimiento inmobiliario.

 

El artículo 22 bis establece que "en caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos o implantados, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, se prohíbe por 60 años desde su extinción modificar en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio".

 

También indica que se prohibirá durante ese lapso "la división o subdivisión, excepto que resulte de una partición hereditaria, el loteo, fraccionamiento o parcelamiento, sea parcial o total, o cualquier emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares".

 

La propuesta prevé no permitir, además, "la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, de tierras fiscales; y cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio".

 

En la iniciativa se establecen las mismas restricciones, pero por 30 años, en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano.

 

La miembro informante por el oficialismo, la titular de la comisión de Legislación General de la Cámara alta, Ana Almirón, advirtió que "este es un tema sumamente urgente" ya que este año los incendios forestales afectaron más de 900.000 hectáreas en 22 provincias. "Hay que repensar el accionar del fuego, el medioambiente y el cuidado de la naturaleza. No podemos permitir que algunos vivos hagan negocios con la afectación del medioambiente", agregó y rechazó las críticas de opositores que sostienen que se trata de medidas contrarias a los productores agropecuarios.

 

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