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Permiten excepciones sanitarias al ganado de zonas en emergencia

Es una medida que favorece a Chaco, Corrientes, Formosa, Misiones y Santa Fe, afectadas por sequía.

Por redacción
| 16 de marzo de 2022
Movimientos. Se podrán hacer sin la vacunación completa en el NOA. Foto: El Diario.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció a partir del lunes pasado una serie de flexibilizaciones en los controles sanitarios que están dirigidos exclusivamente a los animales que necesitan ser trasladados de las zonas afectadas por los incendios y la sequía que afectan (o afectaron) al noreste argentino.

 

“Debido a la ocurrencia de fenómenos ambientales como intensas sequías o incendios forestales, varias zonas o provincias se encuentran en estado de emergencia agropecuaria con respecto al sector ganadero. Las situaciones referidas generan dificultades operativas para la implementación de las exigencias sanitarias para el movimiento de animales, certificaciones y habilitaciones sanitarias relacionadas con la sanidad animal”, subrayó el Senasa en su resolución.

 

Y agregó: “En función de lo expuesto respecto de las eventualidades que comprometen el bie-nestar y la salud animal, resulta pertinente adecuar las medidas en materia de prevención sanitaria y de movimientos de animales de producción y abastecimiento”.

 

 

Las que no se modifican son las exigencias sanitarias que se necesitan para exportar.

 

De todos modos, aclaró que la excepción no impacta en el mantenimiento de los estatus sanitarios necesarios para realizar exportaciones, como así tampoco en los objetivos estratégicos de los planes oficiales de sanidad y bie-nestar animal.

 

En concreto, estas medidas de excepción abarcan a seis provincias que se han visto notoriamente afectadas por el déficit de precipitaciones y los incendios, y que ya tienen sus declaraciones de emergencia agropecuaria correspondientes: Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe.

 

En el caso de la fiebre aftosa, por ejemplo, Senasa dispone que se permitirá el egreso de las categorías terneras y terneros con una sola dosis de vacunación, por lo que se exceptúa del cumplimiento de “al menos dos” a todo movimiento de bovinos y/o bubalinos de estas categorías que se realice previo al inicio de la primera campaña de vacunación 2022.

 

La medida no alcanza a los que aún no hayan recibido su primera vacunación contra la aftosa, los que deben contar con al menos una dosis para su movimiento. También se exceptúa del cumplimiento de la vacunación a los movimientos procedentes de establecimientos ubicados en esas provincias y que aún no hayan cumplido con la vacunación.

 

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