En Venezuela, los propietarios de edificios habitacionales -que los tengan en alquiler desde hace más de 20 años- tienen la obligación de ofrecerlos en venta a sus inquilinos bajo pena de multas o embargos, de acuerdo con una disposición gubernamental publicada este lunes. “Deberán ofertarlos en venta a sus arrendatarios en un lapso de sesenta días hábiles" a partir de este lunes, de acuerdo con una normativa del Ministerio para la Vivienda publicada en la Gaceta Oficial. La medida indica que las unidades deben ser ofrecidas con prioridad a los inquilinos que estén al día con sus pagos. Sin embargo, se abstiene de explicar qué ocurre si el inquilino declina la compra ni cómo debe justificarse la oferta y el eventual rechazo.
Según la normativa, cada unidad que no sea ofertada en venta debe pagar una multa de 254.000 bolivares (entre 5.000 y 40.000 dólares según la tasa de cambio oficial que se tome).
El gobierno socialista del presidente Nicolás Maduro ha multiplicado en su año de gestión las medidas intervencionistas, en el marco de una llamada "guerra económica" para la cual pidió y obtuvo del Parlamento unicameral superpoderes para legislar en materia económica durante un año. Entre otras medidas, ha fijado valores máximos para los alquileres comerciales, límites a las ganancias de las cadenas productivas y ordenado rebajas compulsivas de precios.
AFP/NA
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