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"Picada" mortal: condenaron a dos hermanos por la muerte de una nena

En 2010, Matías Emanuel y Emiliano Damián Arce Barrientos atropellaron a una pequeña de 7 años en el barrio Eva Perón. Hoy, la Cámara Penal 1 de San Luis los declaró coautores de homicidio simple con dolo eventual.

Por redacción
| 22 de junio de 2018
Foto: Martín Gómez.

La tarde que atropellaron y mataron a María Soledad Castro, hace ya ocho años, los hermanos Matías Emanuel Arce Barrientos y Emiliano Damián Arce Barrientos adoptaron la misma actitud: escapar y tratar de cubrir rastros para evadir su responsabilidad en el hecho. Pero la Justicia les cayó encima igual y la Cámara Penal 1 los halló penalmente responsables del delito de homicidio simple con dolo eventual, en calidad de coautores. Para Matías, que manejaba el auto que embistió a la pequeña, la fiscal de Cámara pidió 10 años de cárcel, pero como al momento del hecho tenía 16 años el fallo le será remitido a una jueza de Menores, que será quien determine la pena. Su hermano Emiliano, que estaba considerado partícipe necesario y que finalmente fue considerado coautor, fue sentenciado a ocho años de cárcel.

 

El fallo de los jueces Silvia Aizpeolea, José Luis Flores y Jorge Sabaini Zapata fue unánime.

 

La fiscal de Instrucción Elizabeth Giménez había pedido 16 años de prisión para Matías y 8 para su hermano, pero la fiscal de Cámara Carolina Monte Riso disminuyó la primera cifra y aumentó la segunda en sus alegatos, en los que pidió 10 años para el conductor que atropelló a Castro y 9 para Emiliano.

 

Monte Riso sostuvo que los hermanos, que corrían una picada por el boulevard La Bandera del barrio Eva Perón a gran velocidad, debieron haberse figurado el riesgo de que podían causar una muerte, sobre todo teniendo en cuenta que eran vecinos de la zona y que sabían que era habitual que los niños jugaran en las veredas.

 

A pesar de ello, mantuvo la acusación que fue elevada desde la fiscalía de Instrucción y pidió pena para Emiliano bajo la figura de partícipe necesario.

 

A su turno de alegar, el abogado defensor Hugo Scarso planteó que a “Rocky”, como apodan a Emiliano, debieron haberlo acusado por el delito de correr picadas, una figura muchísimo más leves; y recordó que, de haberlo hecho así, el delito ya estaría prescripto.

 

También puso en duda que fuera “Chancha”, como llaman a Matías, quien manejaba el Volkswagen Gol blanco que embistió a Castro, que tenía 7 años. Y es que el auto en realidad pertenecía a Jorge Cabral, que pretendía hacer un negocio con los hermanos y que les había llevado el vehículo para probar. Scarso dijo que, si no manejaba, Cabral al menos iba en el auto.

 

Remarcó, al menos cuatro veces, que hubo una especie de aporte de la víctima, ya que la pequeña jugaba en la calle sin que nadie la cuidara y cruzó el boulevard de forma tan intempestiva que fue imposible que pudieran esquivarla.

 

El co defensor Esteban Sala centró sus alegatos en analizar el dolo eventual, que tiene como requerimientos la voluntad y el conocimiento del victimario sobre el daño que va a causar. Para el abogado, Matías no se figuró ni sabía del riesgo de sus actos por lo que tampoco se puede sostener que haya tenido intención de matar.

 

Finalmente sus argumentos cayeron en saco roto.

 

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