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Anularon la sentencia que absolvía a acusado de abusar de su hija

El máximo tribunal entendió que la Cámara del Crimen 1 valoró de forma parcial e incompleta las pruebas. 

Por redacción
| 21 de octubre de 2019
Siete años. Es el tiempo que lleva la causa en trámite. El investigado fue juzgado en febrero. Nunca estuvo detenido.

Con la certeza de que no se había hecho justicia, el abogado de una mujer, que denunció a su expareja por abusar de la hija que tienen en común, y una fiscal de Cámara recurrieron la sentencia en la que la Cámara del Crimen 1 de San Luis absolvía al acusado por el beneficio de la duda. Días atrás, el Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a lo planteado por la Fiscalía y la querella y anuló el fallo, por lo que J.A.G., el investigado, será juzgado otra vez. 

 

En una resolución unánime, el máximo tribunal provincial –integrado por Carlos Cobo, Martha Corvalán y Lilia Ana Novillo– le dio la razón a la fiscal de Cámara 1, Carolina Monte Riso, y al abogado Daniel Gorra, quienes entendieron que el tribunal había valorado de forma parcial todo el caudal de prueba incorporada desde 2012, cuando G.T., la mamá de la niña, hizo la presentación para que se abriera un investigación. Al momento de la denuncia, la pequeña tenía 4 años. 

 

En base a lo que ella le manifestó, G.T. denunció que las conductas de su ex incluían tocamientos, recortarle a la menor las prendas y la ropa íntima y tomarle fotografías sin ropa, entre otros comportamientos. 

 

 

El procurador, de acuerdo con la fiscal y la querella

 

En agosto pasado, cuando debió emitir opinión, el procurador general, Fernando Estrada, dijo que coincidía con la Fiscalía y la querella “en cuanto a que se ha omitido valorar testimonios de suma trascendencia, tendientes a establecer la verdad real del hecho investigado”. Consideró, además, que “de la prueba científica agregada a la causa se ha efectuado una interpretación discrecional y voluntarista, que no se condice con el rigor científico que la misma le arrima al juzgador”. Entendió que el tribunal había incurrido en “falta de logicidad e inconsistencias en sus argumentaciones”, por lo que debía remitirse la causa a otro tribunal hábil, para que haga un nuevo debate oral. 

 

El juicio contra J.A.G. se celebró en febrero de este año. En marzo, después de que la Cámara –integrada en esta oportunidad por José Luis Flores, Silvia Aizpeolea y Mónica Ponce de Xacur– diera a conocer los fundamentos del fallo, Monte Riso y Gorra recurrieron la sentencia. 

 

 

Los dibujos y los análisis de las psicólogas

 

La ministra Novillo (la primera en orden de votación y a cuyo criterio adhirieron Corvalán y Cobo) indicó que en su fallo, la Cámara “ha realizado una incompleta integración de las pruebas relevantes (…) lo que constituye un defecto de fundamentación omisiva, que a su vez es un vicio de nulidad”. Se refería a que la Cámara dejó de lado, por ejemplo, los dibujos que la niña realizó ante distintas psicólogas que intervinieron. 

 

Según las profesionales, estos gráficos, analizados a la luz de los episodios narrados por la pequeña, son de inequívoco contenido sexual, y remiten a situaciones que un niño de edad tan temprana no puede plasmar en papel, salvo que lo haya visto o vivido. 

 

“Además, los testimonios de las profesionales que entrevistaron a la nena fueron valorados de forma parcializada, soslayándose aspectos importantes, o bien siendo estos aspectos minimizados”, agregó. 

 

En tal sentido, hizo mención a lo que declararon tres psicólogas –una de ellas es del Cuerpo Profesional Forense del Poder Judicial– sobre lo que la menor narraba, lo que le causaba angustia o enojo y su dificultad para hablar de ciertos temas o episodios. Por otro lado, para el STJ, la Cámara hizo “una valoración parcial e incompleta del informe de la Cámara Gesell sin dar fundamento para apartarse del mismo”. 

 

“En tal sentido, considero que el tribunal de juicio no evaluó debidamente los informes de los psicólogos incorporados en la causa y las explicaciones que los mismos dieron en el debate. Los fundamentos dados por el tribunal, contrastados con la totalidad de la prueba individualizada por la fiscal, sumado a las características de los hechos analizados, carece de eficacia para desvirtuar la postura de las licenciadas en psicología”. 

 

Las especialistas que vieron a la niña refirieron que tenía indicadores de abuso sexual infantil, que surgían no solo de lo que relataba, sino también de los dibujos que realizaba y de otros síntomas –sufría de encopresis, por ejemplo–. Además, no observaron indicadores de fabulación. Es decir, lo que la nena contó era creíble. 
 

 

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