SAN LUIS - Miércoles 08 de Mayo de 2024

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Ley de divorcio: la historia de un derecho conquistado

La Ley de Divorcio Vincular se aprobó en Argentina el 3 de junio de 1987 y permitió que las personas divorciadas pudieran volver a casarse. La legislación tuvo varias actualizaciones hasta hoy, cuando ya no hace falta demostrar culpabilidad ni motivos para deshacer el matrimonio. 

Por Florencia Espinosa
| 06 de junio de 2020
Mailén Escudero.

El 3 de junio de 1987, en Argentina se aprobó la Ley de Divorcio Vincular y se logró así modificar una norma de casi cien años que, a pesar de haber tenido una actualización en 1968, no había sido suficiente para adaptarse a los tiempos de ese entonces. A partir de ese momento, las personas divorciadas pudieron volver a contraer matrimonio y gozar de todas las garantías y derechos que conlleva ese vínculo. A lo largo de los 33 años que pasaron, la ley continuó mejorándose, a la par de los cambios sociales. Un avance que se logró gracias al empuje de miles de mujeres que, durante cada momento de la historia, lucharon por conquistar los derechos negados. 

 

 

La fecha es importante porque si bien hoy es algo natural divorciarse y volverse a casar con plena libertad y autonomía, antes no se podía hacer. Los divorciados quedaban prácticamente unidos de por vida, los hijos que nacieran de sus posteriores parejas pasaban a ser “ilegítimos” y las mujeres, totalmente juzgadas desde una mirada machista. 

 

 

Antes de la redacción de la Constitución Nacional Argentina, la ley se regía bajo el derecho canónico. Sí, bajo las leyes de la Iglesia Católica. “El jurista cordobés Dalmacio Vélez Sarsfield redacta el Código Civil aprobado en 1871, y en orden al matrimonio revela la intensa influencia de la religión católica, dándole carácter de indisoluble conforme a sus cánones. Eso lleva a la necesidad del dictado de la primera Ley de Matrimonio Civil N° 2393, en el año 1888, que establece que matrimonio y divorcio se regirían por las normas del Estado. Se permitía el divorcio por incumplimiento de algunas de las obligaciones conyugales como fidelidad, cohabitación, pero sin disolución del 'vínculo conyugal'. Estaba muy marcado un espíritu patriarcal y machista”, explicó a Tinta Violeta la doctora Diana Bernal, exfiscal de Cámara de la provincia. 

 

 

Es decir que durante casi 100 años las parejas que se divorciaban no deshacían el vínculo conyugal, por lo cual no podían volver a contraer matrimonio ni tener hijos libremente. Aunque en 1954 se sancionó una ley que duró muy poco, apenas un año. Era la número 14.394 del Régimen Legal de Familia y Minoridad, que admitía en su artículo 31 el divorcio vincular y permitía la celebración de un nuevo matrimonio. En 1955, con el derrocamiento de Perón, la ley se derogó. 

 

 

 

Los sectores sociales más conservadores se oponían a la modificación de la ley.

 

 

En 1968 hubo una gran reforma del Código Civil, pero el vínculo conyugal continuaba firme. “Existían situaciones de verdadera injusticia y muy estigmatizantes, sobre todo para las mujeres y los hijos como consecuencia de uniones que quedaban fuera del régimen legal vigente, por lo que, a pesar de la oposición de algunos sectores sociales, se llega al dictado de la Ley N° 23515, en el año 1987, que permitió la conversión de la separación de hecho en divorcio, sin necesidad del consentimiento del otro cónyuge. Cuando la separación superaba los tres años autorizaba a contraer un nuevo matrimonio”, explicó Bernal. Y agregó que, en ese entonces, la ley provocó una división en la sociedad y generó mucha polémica. Los sectores conservadores veían en ese derecho adquirido el desmoronamiento de la familia.

 

 

“Había mucha gente en contra y se decían los mismos argumentos que hoy se suelen decir en referencia a otras leyes que se han tratado. La realidad es que el número de divorcios no aumentó ni salieron todos corriendo a divorciarse”, dijo la letrada.   

 

 

La abogada Laura Capobianco destacó la importancia de reconocer las luchas femeninas que ha habido detrás de cada avance en materia de leyes: “Siempre que se habla de todas las reformas legislativas que ha habido a lo largo de la historia, ahí atrás hay una lucha de mujeres. Una gran parte de la población que se ha visto disminuida en derechos y ha tenido que salir a luchar y pelear. La conquista de estos derechos, como también del divorcio que tenemos hoy, se ha logrado gracias a que se pudo separar la ley de las creencias religiosas. Acá está la importancia del Estado laico, que represente a toda la población”.

 

 

Otro gran paso fue en 1995 con la derogación de la figura del adulterio, que tenía un sesgo absolutamente machista, ya que la pena no era igual para el hombre que para la mujer. “El Código Penal argentino lo castigó como delito en el artículo 118, reprimiendo con prisión de un mes a un año a quien cometiera adulterio. Era discriminatoria la ley con respecto a la mujer, la que incurría en adulterio si engañaba una vez a su marido, mientras que él se constituía en adúltero solo si tenía una amante exclusiva, dentro o fuera del domicilio conyugal; o sea, una relación continuada. Engaños con personas distintas y no habituales no constituía delito para el varón”, indicó Bernal. 

 

 

En 2010 se sanciona la Ley de Matrimonio Igualitario y, a partir de allí, todas las personas que así lo deseen tienen la oportunidad de contraer matrimonio. “El derecho es un objeto cultural. Está en pleno movimiento y debe respetar los cambios sociales. Siguen existiendo cuestiones que han ido necesitando reformas legislativas, y continúan todavía. Pero hay más visualización de temas de los que nunca se podían hablar ni decir ni nada, porque las costumbres así lo exigían; situaciones que eran realmente injustas. Yo a esto lo veo con una mirada más amplia, pero lamentablemente como occidentales y cristianos hemos estado signadísimos por toda esta cuestión, muy influenciados”, explicó la exfiscal. 

 

 

La gran reforma se da con el Nuevo Código Civil y comercial, en el año 2015, donde desaparece la figura de la culpabilidad o los tiempos mínimos que tenía que cumplir un matrimonio casado para poder divorciarse. “Que hoy puedas iniciar un divorcio aun de manera unilateral, sin tener que comprobar la culpabilidad de nadie, es un derecho muy importante. Detrás de esto ha habido un grupo de mujeres que ha estado impulsando estas conquistas, junto con el colectivo de la diversidad”, comentó Capobianco. Asimismo, “aparecen otras figuras: la posibilidad de pedir una compensación económica cuando alguna de las partes ha quedado en desventaja. Antes se hacía, pero a través de una serie de condenas, en los derechos del cónyugue que era declarado culpable”, agregó.

 

 

Además, los jueces estaban obligados a intentar la conciliación entre las partes, a tratar de que se desistiera del divorcio. “Hoy no existe nada de eso, ni siquiera hay que explicar por qué te querés divorciar. Hoy simplemente se manifiesta. Se pide que se haga una propuesta reguladora de los efectos del divorcio, cómo van a ser distribuidos los bienes y cómo será el régimen de parentalidad si hay hijos. Y a pesar de que las partes no se pongan de acuerdo sobre esto, no se va a inhabilitar el divorcio, eso se va a decretar igual. No estás más atada, como en el plano religioso, a seguir manteniendo un vínculo”, detalló la doctora. 
 

 

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