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El Superior Tribunal le negó la excarcelación a Ariel Rosendo

No hizo lugar al recurso de casación porque la causa está abierta y no cuenta con un fallo de carácter definitivo. El suspendido senador está detenido desde octubre por tres delitos.

Por redacción
| 12 de junio de 2021
Rosendo, la tarde del 13 de octubre luego de ser indagado, a punto de ser trasladado a la cárcel. Foto: Héctor Portela.

Desde que el suspendido senador provincial Ariel Rosendo fue procesado y enviado a prisión en octubre pasado por "Robo doblemente calificado, desobediencia a una orden judicial y violación de las medidas antiepidémicas", sus abogados recurrieron a todas las posibilidades que les permite la ley para tratar de lograr la excarcelación del político. Plantearon tal pedido, primero, ante el juez instructor que entendió la investigación en un principio y luego ante la jueza que lo precedió. Como esos magistrados le negaron la excarcelación, acudieron a la Cámara Penal de turno. Pero la respuesta fue la misma: el no a su pedido. Solo les restaba una instancia, es decir, interponer un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia. Eso hicieron. pero la respuesta de los miembros de la Corte puntana no desentonó con las resoluciones de los anteriores jueces y le rechazaron la excarcelación a Rosendo.

 

 

Los ministros Carolina Monte Riso, Jorge Levingston, Cecilia Chada y Jorge Fernández entendieron que el recurso de casación solo puede ser interpuesto o, dicho de otro modo, solo procede contra "los pronunciamientos definitivos o equiparables a tales", es decir, sentencias o resoluciones definitivas, y ese no es el caso de la causa por la que está procesado el suspendido senador, que aún está abierta.

 

 

"Las resoluciones cuya consecuencia sea la obligación de seguir sometido a proceso criminal no reúnen la calidad de sentencia definitiva ni resultan equiparables a aquella, salvo que su aplicación pudiera provocar un gravamen de insuficiente, imposible o tardía reparación posterior", sostuvieron los ministros en su dictamen.

 

 

La respuesta del Tribunal coincide con la del procurador provincial, Luis Martínez. Su figura es la encargada de revisar los recursos de casación antes de que sean tratados por el Superior Tribunal; había denegado el pedido de excarcelación en abril.

 

 

Martínez entendió que no correspondía el tratamiento de tal recurso de casación en este estado de la causa, porque solo se puede recurrir al Superior Tribunal cuando existe un fallo, dado que el tribunal solo revisa sentencias que tengan una errónea aplicación del derecho o de procedimiento.

 

 

La defensa, compuesta por los abogados Olga Allende y Darío Alonso, había interpuesto el recurso luego de que la Cámara Penal 1 de Villa Mercedes rechazara la excarcelación de su cliente, en diciembre pasado.

 

 

Habían planteado que Rosendo no solo no se iba a fugar ni iba a obstaculizar el accionar de la Justicia, en el caso de conseguir su libertad, sino que se ha dado "una situación de gravedad institucional" en el modo de tratar la causa que debe ser analizada. Lo sostienen porque, según la defensa, el político jamás cometió ninguno de los delitos por los que fue procesado.

 

 

Para los abogados, el legislador nunca robó en el domicilio de Smata (donde vivía con su expareja, Ivana Massimino, cuando era secretario general del gremio) porque él solo fue para "sacar las pertenencias de su hija". Allende dijo que tampoco existió violencia de género de parte de su cliente hacia Massimino. "Es una situación política grave que incluye a una menor, la hija de Rosendo, que está con el padre y no con la madre, ¿de qué violencia hablan?", había expresado en su momento, cuando esperaba la respuesta del Superior Tribunal.

 

 

 

Redacción

 

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