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Piden cinco años de condena por un intento de homicidio

El caso ocurrió en abril de este año en el barrio La Merced. Enzo Ojea es uno de los dos acusado de balear a Franco Barroso. Su defensa acordó un juicio abreviado.

Por redacción
| 13 de noviembre de 2022
Ojea, a la derecha, junto a Nadia Agúndez. El tribunal tiene 10 días para informarles si acepta el acuerdo. Foto: El Diario.

Si bien aún no fue condenado, Enzo Jesús Ojea está preocupado por saber cuándo podrá salir de la cárcel. Al menos es lo que le preguntó a su defensa la semana pasada luego de presentar un acuerdo de juicio abreviado, en el que solicitó una condena a cinco años de cárcel por balear a un hombre en un barrio de la capital a principios de este año. Mientras los jueces deciden si aceptan o no la propuesta, el acusado continúa en el Penal igual que su compañera de causa, a quien encerraron hace dos semanas por incumplir los términos de su prisión domiciliaria.

 

En una audiencia que se celebró el jueves, Ojea, quien tiene 30 años, admitió haber participado del hecho en el que resultó baleado Franco Guillermo Barroso Moreno el 9 de abril de este año, en una calle del barrio La Merced de San Luis. El acusado y Alexia Yamila Sosa, quien era su pareja, dispararon dos veces desde el interior de un auto Suzuki Fun gris por una rencilla de vieja data con la víctima, que para entonces era su vecino.

 

Barroso Moreno no murió, pero resultó gravemente herido y acarrea hasta hoy las consecuencias del disparo que recibió en el abdomen y que le perforó el hígado, provocándole una grave hemorragia. El fiscal de Instrucción 2, Ricardo Barbeito, expuso ante los jueces que el proyectil aún está alojado en el cuerpo del joven, entre el hígado y el riñón derecho, y que mientras los médicos planean una operación para extraerlo, el paciente sufre dolores que lo obligan a permanecer en reposo casi permanente.

 

Que la vida de Barroso Moreno haya pendido de un hilo tras el hecho les valió a Ojea y Sosa una imputación por “Homicidio en grado de tentativa”, una calificación legal que Barbeito sostuvo y aseguró está acabadamente probada no solo por la denuncia de la víctima y los testimonios de su familia y vecinos, sino también por informes médicos y distintas actuaciones policiales y judiciales. También por imágenes de cámaras de seguridad.

 

La confesión es una condición sine qua non para acceder a un juicio abreviado y evitar un debate oral. Cuando la jueza María Eugenia Zabala Chacur le preguntó a Ojea si aceptaba la autoría y la calificación legal del delito, este asintió. También contó, cuando le preguntaron sobre sus datos personales, que ya no está en pareja con Sosa, con quien tiene un hijo en común de 2 años.

 

A pesar de que están acusados por lo mismo, según la investigación, fue la mujer quien gatilló desde dentro del Suzuki Fun, que fue secuestrado luego de la detención de ambos en la localidad de Justo Daract, el 24 de mayo. Pero al principio ella no corrió la misma suerte que el padre de su hijo.

 

Además de esa criatura, Sosa tiene otros tres niños de 5, 7 y 9 años; por ese motivo el juez Ariel Parrillis le permitió seguir el proceso en su contra con prisión domiciliaria, mientras que al hombre le dictó preventiva y fue derecho al Penal. Pero el beneficio no estaba exento de condiciones, que la acusada no cumplió.

 

Cuando Barbeito recibió un informe del Instituto de Reinserción Social, encargado de controlar a Sosa, que daba cuenta de que la mujer no era hallada desde hacía un mes en el domicilio que había registrado en el Juzgado, Parrillis ordenó su detención el 14 de octubre, una medida que se concretó el 31 del mismo mes a la mañana, en el barrio República de la capital.

 

El jueves, al terminar la audiencia, Ojea le preguntó a la defensora oficial Nadia Agúndez, quien lo asiste en el proceso, cuánto tiempo tras las rejas significaba una condena a cinco años de cumplimiento efectivo. La letrada le aclaró que ello no implica que en el futuro no pueda acceder a beneficios como las salidas transitorias o la libertad condicional.

 

Redacción/ALG

 

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