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Imputan a Boudou por registrar domicilios falsos en su DNI

Por redacción
| 18 de septiembre de 2014
La investigación contra Boudou por este hecho es por los delitos de falsedad ideológica.

El fiscal federal Gerardo Pollicita pidió abrir una investigación contra el vicepresidente Amado Boudou por consignar supuestas direcciones falsas en su documento nacional de identidad.
Se trata de una denuncia que surgió a partir que trascendió que Boudou anotó su vehículo Audio A4 en una dirección de una casa de Villa Urquiza, donde se supo luego que no vivió.  Incluso, luego trascendió que otra de las direcciones  aportadas por el Vicepresidente en su documentación correspondía a un médano en la localidad costera de San Bernardo, algo que también es materia de investigación en una fiscalía descentralizada de esa zona.
A raíz de la dirección del barrio de Villa Urquiza, esto es en Zado al 3231, el abogado Santiago Dupuy De Lome planteó una denuncia que cayó ante el juez federal Ariel Lijo, el mismo que ya procesó a Boudou por el caso Ciccone por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública y cohecho, y lo investiga por enriquecimiento ilícito.
Ahora, el fiscal Pollicita pidió emprender una investigación que abarca no sólo la documentación aportada a raíz del vehículo Audi A4 sino también respecto a aquella que acompañó el Vicepresidente por dos de sus motos: una Harley Davidson y una KTM 990L.
Al requerir la apertura de una investigación, el fiscal Pollicita pidió varias medidas de prueba.
Ante el juez, pidió que se incorporen las declaraciones juradas que hizo el vicepresidente; y que la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor aporte información sobre todos los vehículos que inscribió Boudou desde que ingresó a la función pública.
También requirió que el Registro Nacional de las Personas informe al juzgado de todos los documentos que se le extendió a Boudou para determinar cuáles fueron los domicilios de éste.
La investigación contra Boudou por este hecho es por los delitos de falsedad ideológica de documento público e incumplimiento de los deberes de funcionario.
El artículo 293 del Código Penal prevé prisión de uno a seis años, "el que insertare o hiciere insertar en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio"; en tanto que el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público estipula una pena de hasta dos años de prisión.
NA

 


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