Desde el viernes quedarán excluidos de la posibilidad de adquirir dólares para ahorro los contribuyentes que no logren acreditar ingresos por al menos 9.432 pesos de bolsillo por mes, ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Hasta ahora el organismo recaudador autorizaba las compras de dólares a los contribuyentes que acreditaran ingresos mensuales por hasta 8.800 pesos.
La elevación de ese monto a 9.432 pesos es por el ajuste, ya previsto, en el monto del salario mínimo, vital y móvil, que, desde enero, sube de 4.400 a 4.716 pesos.
El monto a partir del cual se pueden comprar divisas a través de la AFIP es a partir de la suma compuesta por dos salarios mínimos, como piso para poder acceder a la compra de moneda extranjera con fines de ahorro, según la reglamentación en vigencia.
En enero entró en vigencia la segunda cuota de aumento de la última actualización del salario mínimo vital y móvil pactado en el Consejo del Salario, entre el Gobierno, empresarios y sindicalistas, que dispuso un aumento del haber mínimo de 3.600 a 4.400 y 4.716 pesos desde setiembre hasta enero, respectivamente.
La nueva restricción para la compra de divisas podría quedar superada a partir de la reanudación de la ronda paritaria para actualizar los sueldos de los convenio colectivo para el año que empieza, que en su mayor parte se negocian entre abril y junio.
La reciente estadística sobre distribución del ingreso en el país confeccionada por el INDEC, registra que la mitad de la población ocupada tuvo ingresos inferiores a los 5.000 pesos per cápita, al concluir el tercer trimestre del año pasado.
El mismo relevamiento del INDEC arrojó que si se suman el total de los ingresos de cada hogar, el 50% de ellos tiene ingresos por menos de 9.000 por mes, que los deja fuera de la compra de moneda extranjera para ahorro a través de la AFIP.
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