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Los detalles del procesamiento del médico Raúl Lombardi

Por redacción
| 27 de marzo de 2015
El automovilista no respetó la señal del semáforo, según los testigos y una pericia.

Hasta que dicten la sentencia que establezca si es culpable o no, el médico Sergio Raúl Lombardi no podrá manejar. Lo decidió el juez Penal Nº 1 de San Luis, Sebastián Cadelago Filippi, como parte de la resolución en la que lo procesó por homicidio culposo y lesiones culposas, a raíz del choque en el que ocurrió la muerte del motociclista Lucas Ezequiel Lucero, en el camino de la Aguada de Pueyrredón, el domingo 8 de octubre de 2013.

 


El procesamiento del dermatólogo era previsible. Cadelago Filippi lo firmó el martes y trascendió ayer. Lo que estaba más sujeto a la incógnita era cuál sería la imputación que le haría el juez, porque el abogado de Dahyana Ojeda, la chica que resultó herida en el hecho, había pedido que no lo procesaran por homicidio culposo, sino por homicidio con dolo eventual.

 


Si bien el magistrado desestimó esa acusación más grave, la defensa del médico tendrá que batallar todavía contra esa posibilidad, cuando la causa vaya a juicio oral en la Cámara del Crimen.

 


Por lo pronto, el dermatólogo enfrenta una acusación por un delito que tiene una pena máxima de cinco años de prisión. El abogado de Lucas Lucero consideró que la resolución del juez de instrucción “es un pronunciamiento sólido”, en una investigación “que ha incorporado prueba muy importante, pericial y testimonial”.

 


Basándose en pericias y el relato de testigos presenciales, el juez entendió que “sin dejar de considerar gravísimas las infracciones cometidas por el imputado, su conducta no reviste los caracteres exigidos por el dolo eventual”.

 


“Aun afirmando que (Lombardi) debió representarse como riesgosa su decisión de cruzar con el semáforo en rojo, más aún habiendo bebido y encontrándose sin descanso adecuado, el análisis de los hechos me lleva a concluir que no pudo percibir que la moto del damnificado también estaba cruzando”, expuso Cadelago Filippi en su resolución.

 


Fundó su conclusión en el hecho de que “no existió maniobra evasiva (para esquivar la moto) por parte del imputado, lo que permite suponer que efectivamente no advirtió el riesgo concreto que estaba generando”, afirmó el juez.

 


Alcoholizado y en rojo

 


Además el juez hizo un análisis detallado para fundar su decisión de rechazar el intento de la defensa de Lombardi por hacer caer la prueba de alcoholemia que le hicieron al conductor un rato después del accidente. Según esa pericia, el médico tenía 0,80 gramos de alcohol por litro de sangre, cuando el máximo permitido para manejar es 0,50.

 


“Debo sostener la absoluta validez y legalidad de la pericia, ya que fue efectuada con todos los recaudos legales exigidos”, sostuvo el magistrado.

 


Cadelago Filippi dijo que también lo convenció la conclusión de la perito en accidentología Mónica Checchi, según la cual, cuando la camioneta del médico invadió la avenida hacía ya dieciséis segundos que el semáforo estaba en rojo.

 


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