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Lo condenaron a cinco años de prisión por abusar de una nena

Por redacción
| 16 de diciembre de 2016
Antes del fallo, una medida. El tribunal ordenó una pericia psicológica y psiquiátrica a Perín.

Cuando el tribunal le preguntó si tenía unas últimas palabras que decir, antes de escuchar el veredicto, Jorge Alberto Perín reiteró el relato desordenado que dio en  una audiencia anterior, cuando declaró. Es decir, el hombre de 68 años volvió a negar haber violado a una nena, hija de una inquilina, en el verano de 2014, y dio a entender, aunque de modo confuso, que en realidad él tenía una relación con la mujer y que la ropa interior en la que se halló su ADN era de ella, no de la menor. Esa reiterada explicación le sirvió, pero sólo en parte: fue condenado a cinco años de prisión, pero por tentativa de abuso sexual con acceso carnal.

 


Perín llegó al debate con un pedido de 11 años de cárcel formulado por la Fiscalía de primera instancia. El fiscal de Cámara 1 provisorio, Javier Vallejos, compartió el criterio, y solicitó una pena idéntica.

 


El ataque sexual ocurrió la madrugada del 22 de enero de 2014, en el patio de la casa de Perín, ubicada en Pringles al 1500, en San Luis capital. Según la denuncia de la madre de la víctima, al momento del hecho, hacía unos siete meses que su familia –integrada por ella, su marido y sus dos hijas– le alquilaba un monoambiente al acusado.

 


La mujer contó que a la 01:00 del 22 se fue a descansar. Dos horas después, se despertó. Vio que la nena más chiquita dormía, y la de 13 no. Estaba desvelada, por el intenso calor.

 


La chica decidió darse una ducha, para ver si así lograba dormir. Pero la pieza no tiene baño: tenía que desplazarse. Cuando iba a refrescarse, Perín la sorprendió. Según declaró la chica en la Cámara Gesell, la tomó del cuello, la llevó a un sector del patio donde había muebles rotos y otros trastos apilados y, sobre una cama vieja, la atacó.

 


La defensora oficial del acusado, Claudia Ibáñez, le solicitó al tribunal que preside Domingo Flores y que completan Silvia Aizpeolea y José Luis Flores, que absolviera a Perín y que, en caso de que considerara que había una responsabilidad, que fuera por un abuso sexual simple. Llegó a juicio procesado por una figura penal más grave: abuso sexual con acceso carnal.

 


En relación a esa sospecha, hubo “una cal y una de arena”. En la bombacha y en una calza secuestrada por la Policía, que presuntamente vestía la niña, hallaron semen. A través de un cotejo de ADN, se estableció que era de Perín. Pero al practicarle el examen médico a la chica, una forense del Poder Judicial determinó que el himen estaba intacto. Es decir, no presentaba indicios de acceso carnal.

 


Quizá jugó a favor del acusado la declaración de una testigo del secuestro de las ropas de la menor, que se hizo en el Poder Judicial. Primero describió las prendas que le vio ese día a la nena. Eran distintas a aquéllas de las que después tomaron la muestra con la que se hizo la prueba genética que puso a Perín en situación complicada. Luego, en la audiencia, le exhibieron esas ropas a la testigo, y no las reconoció.

 


Además del cambio de calificación, Ibáñez solicitó que si era condenado, le dieran la prisión domiciliaria, atento a la edad que tiene y a sus problemas de salud, refirió la defensora. Según consta en un informe incorporado al expediente, lo operaron cuatro veces del estómago, ha tenido úlceras y le pusieron una malla abdominal, que tienen que cambiar. Además, ha sido intervenido quirúrgicamente del corazón y tiene una disminución visual.

 


La audiencia precedente a la lectura del fallo fue el jueves 27 de octubre. Ese día, después de escuchar la declaración del acusado, la Cámara ordenó que le realizaran una pericia psicológica y psiquiátrica.

 


Posiblemente dispusieron que se hiciera al percibir ese desorden en la exposición de las ideas. Por ello, hasta que estuvo ese informe, hubo un cuarto intermedio de un mes y medio.

 


La pericia fue realizada por dos profesionales del Cuerpo Profesional Auxiliar del Poder Judicial, la psicóloga Miriam Martínez y el psiquiatra Franco Mastronardi. Una de las conclusiones es que, al momento de las entrevistas, a Perín se lo observaba “lúcido, orientado en tiempo y espacio, con la atención y la memoria conservada, sin que se evidencien perturbaciones en los procesos mnémicos de evocación del recuerdo”. “No presenta al momento del examen trastorno psicológico-psiquiátrico que le afecte el juicio de realidad. La capacidad de juicio se encuentra conservada, como así también la capacidad comprensiva, pudiendo diferenciar actos lícitos e ilícitos y dirigir sus acciones voluntariamente conforme a elecciones libres", indicaron.

 


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