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Condenados por delitos graves deberán cumplir toda la pena

Este miércoles aprobaron el proyecto de ley que restringe las excarcelaciones para condenados por delitos como violaciones sexuales, torturas y trata de personas.

Por redacción
| 05 de julio de 2017

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles las modificaciones aplicadas en el Senado y convirtió en ley el proyecto de ley que restringe las excarcelaciones para condenados por delitos graves como violaciones sexuales, torturas y trata de personas.

 

Con 170 votos afirmativos, ocho negativos y siete abstenciones, obtuvo sanción definitiva la iniciativa modifica la ley 24.660 de ejecución de las penas privativas de la libertad, que a fines del mes pasado había logrado media sanción en el Senado.

 

El proyecto, que surgió como respuesta legislativa al femicidio de Micaela García en Entre Ríos, había sido aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado, pero al haber sido modificado por el Senado, debió volver a la cámara de origen.

 

La normativa, cuyo autor principal es Luis Petri (UCR) establece que los condenados por los delitos contra la integridad sexual, homicidio agravado, tortura seguida de muerte, narcotráfico, trata de personas, robo con arma en banda y despoblado, contrabando agravado y delitos con el fin de aterrorizar a la población, no podrán acceder a los beneficios de salidas anticipadas, transitorias y libertad condicional.

 

Según el proyecto, tampoco podrán acceder a esos regímenes de semilibertad los reincidentes o quienes cometan un delito mientras se encuentren bajo libertad condicional o salidas transitorias.

 

Uno de los principales cambios que se le introdujeron en el Senado a la iniciativa fue la eliminación del homicidio simple, el contrabando simple y los delitos contra el orden económico de ese listado de figuras penales que impiden el acceso a los beneficios.

 

NA

 

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