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Choque en Cruz de Piedra: para el juez fue un homicidio y encarceló al chofer

Para Sebastián Cadelago Filippi, Héctor Fernández tuvo una “conducta direccionada” para provocar la muerte de una familia el 10 de junio pasado. Lo procesó por homicidio simple.

Por redacción
| 24 de junio de 2018
Fernández. Hoy a la siesta, en Tribunales, al momento de ser notificado del procesamiento. Foto: Martín Gómez.

“Para mí está claro que hubo dolo, que hubo intención y toda una preparación” para esperar el paso del Peugeot 207 y chocarlo con la camioneta, provocando la muerte de sus cuatro ocupantes. Ese fue el resumen del argumento que el juez Penal 1, Sebastián Cadelago Filippi, tuvo para procesar con prisión preventiva a Héctor Fernández, el chofer de la Ford F100 que causó el accidente fatal del 10 de junio pasado en Cruz de Piedra. La imputación fue homicidio simple en cuatro hechos, una acusación gravísima que se fundó en pericias clave.

 

“Hay pruebas suficientes como para disponer del procesamiento del señor Fernández por el delito de homicidio simple. Esto quiere decir que de las pruebas colectadas advierto que no se trató de un accidente de tránsito, ni siquiera de un accidente con dolo eventual, sino que hubo una conducta direccionada destinada a provocar la colisión que provocara la muerte de los cuatro ocupantes del vehículo Peugeot 207”, comentó el juez en una conferencia de prensa improvisada a la salida de su despacho, cerca de las 15 de este domingo.

 

Según el análisis de cámaras de seguridad y los datos de un informe accidentológico que se incorporó el viernes, para Cadelago Filippi quedó demostrado que Fernández pasó por el peaje de Cruz de Piedra, esperó al Peugeot por casi cuatro minutos, fue hasta la rotonda de Cruz de Piedra, retomó hacia El Volcán (de donde venía) y al divisar el auto, cruzó el cantero central y lo chocó casi de frente, a 40 kilómetros por hora.

 

“Está muy claro que hasta antes del peaje el señor Fernández había hecho muchísimas maniobras riesgosas. Hay dos testigos que dan cuenta de ello. Una declaró en esta sede y nos contó muy bien cuáles habían sido estas maniobras y hay otro testigo que aún no ha comparecido”. “También está el testimonio de uno de los empelados del peaje, que da muchos detalles y al que la familia le habría dicho que habían tenido un episodio previo (con el procesado), aunque hay ciertas discordancias”, aclaró el magistrado.

 

Un periodista le preguntó si ese episodio pudo ser el motivo del crimen, pero Cadelago Filippi aclaró que “la motivación no es un requisito típico del delito de homicidio. Lo que se requiere es el dolo, que es el conocimiento y voluntad de lo que se está haciendo. El Código Penal no exige que yo determine estrictamente un motivo”. No obstante el juez dijo que “de trascendidos periodísticos surgió que pudo haber otro tipo de conocimiento previo entre las partes, por lo que he depuesto medidas para aclarar esa cuestión”.

 

De ahora en más el juez cuenta con 60 días para ampliar la investigación.

 

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