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En Mendoza multan a las personas que manejan en ojotas

 Es una infracción desde la aplicación de la nueva reglamentación de la Ley Provincial de Seguridad Vial, que especifica las características que deben tener los zapatos del conductor.

Por redacción
| 17 de enero de 2019
En Mendoza, el conductor debe manejar con calzado apropiado. Foto ilustrativa Shutterstock

Con la aplicación de la nueva reglamentación de la Ley Provincial de Seguridad Vial en Mendoza, conducir en ojotas puede ser multado con más de mil pesos. Así le sucedió a un ciudadano de la vecina provincia que fue descubierto por los inspectores de tránsito manejando con un calzado “no apto”.

 

Diego Paredes es el vecino que “infringió” la ley y que tras la sanción alertó por sus redes sociales sobre esta normativa. “Cuidado con la nueva ley que salió. No conduzcan ni de sandalias ni de ojotas miren lo que me pasó a mí”, posteó junto a una imagen de la multa que se hizo viral.

 

 

 

De acuerdo al decreto reglamentario 326 de la Ley provincial de Seguridad Vial 9024, en su artículo 19 inciso "c", quedan establecidas las pautas para circular con el calzado adecuado, por lo que incumplir la normativa tiene consecuencias: multas de 1.200 pesos. "Los conductores deberán hacer uso de calzado apropiado para el manejo y control total de los pedales de embrague, freno y acelerador del vehículo a su mando. Se entiende por calzado apropiado aquellos de tipo cerrado o que, siendo abiertos, sujeten la parte anatómica dorsal, plantar y lateral, con suela antideslizante que permita la sujeción a la goma de recubrimiento de los pedales", indica el texto de la ley local en el apartado específico sobre las formas de conducir un vehículo.

 

El conductor mendocino sancionado no tuvo otra opción que desembolsar el dinero de la multa y advertir a los ciudadanos. Su mensaje en las redes sociales, explicando lo ocurrido, se multiplicó por miles en su perfil de Facebook. El acta de la multa por conducir en sandalias se la labraron en la comuna de Guaymallén. Aunque el monto llegaba a los 1.200 pesos, obtuvo un descuento de 40%, por lo que terminó pagando 720 pesos.

 

En tanto, según informa el diario La Nación a nivel nacional no existe normativa al respecto. Sólo la Ley de Tránsito nacional 24.449, en su artículo 40 bis, dispone requisitos similares, pero únicamente a la hora de manejar una bicicleta. En su inciso "d" establece que "el conductor lleve puesto un casco protector, no use ropa suelta, y que ésta sea preferentemente de colores claros, y utilice calzado que se afirme con seguridad a los pedales".

 

Hay quienes en todo el país aseguran que la prohibición es vieja, pero en los papeles, la realidad indica que sólo la norma provincial, actualizada el año pasado en Mendoza, deja en claro las condiciones de andar en auto con el calzado apropiado.

 

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