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La Nación sumó a la capital junto a Villa Mercedes en el Aislamiento Social Obligatorio

El decreto con la extensión de la medida, publicado en la madrugada de este lunes, incluye en San Luis al Departamento Capital y prorroga en Villa Mercedes. Esta tarde el Comité de Crisis brindará detalles de la reglamentación.

Por redacción
| 26 de octubre de 2020
La extensión de la cuarentena, que lleva la firma del presidente Fernández, busca "dirigir los mayores esfuerzos" donde hay circulación comunitaria del virus.

Los primeros minutos de este lunes, tal como estaba anunciado, el gobierno nacional dio a conocer la prórroga del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 814/2020 DECNU-2020-814-APN-PTE, firmado por el presidente Alberto Fernández en el contexto de la pandemia de coronavirus que se extiende a partir de hoy y hasta el 8 de noviembre de 2020 inclusive. En la reglamentación vuelve a quedar incluido el Departamento Pedernera y se suma la capital entre los lugares del país que deben cumplir con el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO). Hoy el Comité de Crisis provincial analizará el decreto presidencial, instrumentará el alcance del mismo y luego dará un reporte por la tarde-noche.

 

En estas regiones –considera el DNU- “se presenta transmisión comunitaria sostenida del virus, o aumento brusco del número de casos de COVID-19, por lo cual requieren de un especial abordaje para controlar el crecimiento del número de casos, y allí deben dirigirse los mayores esfuerzos”.

 

El Aislamiento Social Obligatorio también incluye al aglomerado urbano del AMBA, con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a 35 partidos de la provincia de Buenos Aires, y los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Capitán Sarmiento, General Belgrano, General Madariaga, Laprida, Pila, Pinamar, Saladillo, San Cayetano, Tordillo y Tandil en la provincia de Buenos Aires; los departamentos de Capital y Banda en la provincia de Santiago del Estero; el departamento de Río Grande en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el aglomerado de la ciudad de Río Gallegos, El Calafate, Puerto Deseado y Caleta Olivia en la provincia de Santa Cruz; el departamento de Chilecito de la provincia de La Rioja; el departamento de Capital de la provincia de Salta; los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina de la provincia de Río Negro; los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala, en la provincia del Neuquén; los departamentos de Biedma, Rawson, Gaiman, Sarmiento y Escalante en la provincia del Chubut; los departamentos de San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco de la provincia del Chaco; los departamentos de Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín en la provincia de Córdoba; los departamento de Rawson y Capital en la provincia de San Juan; los departamentos de Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo Las Colonias y Castellanos en la provincia de Santa Fe; el departamento Capital en la provincia de Tucumán y los departamentos de Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato de la provincia de Mendoza.

 

El resto de los departamentos de la provincia de San Luis seguirá con el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (Dispo).

 

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