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El gobierno nacional busca actualizar las jubilaciones por salarios y recaudación

La nueva fórmula de la movilidad deja afuera a la inflación. Los aumentos serán cada seis meses.

Por redacción
| 10 de noviembre de 2020
En el proyecto de ley se establece que los aumentos de los jubilados sean cada seis meses. Foto: NA.

La nueva propuesta de movilidad previsional, que impulsa el gobierno nacional para que rija a partir de marzo del año próximo, prevé un ajuste semestral que se determinará a través de la aplicación de una fórmula proporcional conformada por la evolución de los salarios y la recaudación impositiva.

 

Dicha fórmula tiene como antecedente directo la establecida por la Ley N° 26.417 que estuvo vigente desde 2008 hasta su derogación en 2017, y será puesta a consideración de la Comisión Bicameral Mixta de Movilidad Previsional por el Poder Ejecutivo con el objetivo de que comience a regir a partir del próximo año.

 

Pero no establece compensación alguna por la pérdida de haberes jubilatorios durante 2018 y 2019, y durante 2020, que afectó a jubilaciones medias y más altas.

 

Así surge de los detalles del proyecto difundido este martes por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), a cargo de Fernanda Raverta, que ya genera rechazos entre la oposición por no tomar en cuenta el costo de vida.

 

La futura fórmula buscará reemplazar a la suspendida Ley 27.426 -sancionada durante el gobierno de Mauricio Macri-, que ponía el eje en la evolución de la inflación sin tener ninguna correlación entre la movilidad jubilatoria y los recursos disponibles.

 

La iniciativa prevé que los futuros aumentos se otorguen cada 6 meses, sobre la base de índices que tomarán en cuenta la recaudación y los salarios registrados de entre 3 y 9 meses antes.

 

El proyecto no garantiza que los aumentos de haberes sean superiores a la inflación.

 

La normativa fija que los incrementos se aplicarán dos veces por año, en marzo y septiembre, como rigió entre 2009- 2017.

 

El aumento de marzo se basará en las variaciones de los salarios formales (RIPTE) y la recaudación tributaria de la Seguridad Social por beneficiarios que se produjeron entre julio y diciembre del año anterior.

 

 

Aunque la fórmula toma en cuenta salarios formales, recaudación tributaria y padrón de beneficios, finalmente la recaudación total de la Anses, por beneficiarios, fijará el límite de los aumentos de haberes.

 

El proyecto que se pondrá a consideración del Parlamento excluye a la inflación como método de ajuste porque "no es deseable en la Argentina", en virtud de la realidad que el país atraviesa "hace lustros" en materia inflacionaria, según se indicó desde el Ministerio de Economía de la Nación.

 

El Gobierno sostiene que el nuevo esquema "permitirá reducir el actual déficit previsional, dado que, si bien el salario real aumenta junto con el crecimiento económico, lo hace menos que los recursos tributarios”.

 

Otro elemento destacado es la incorporación de una cláusula de "legislación constante", que establece que los cambios en la política tributaria o en las condiciones de acceso a los beneficios no tendrán efecto en la movilidad.

 

 

 Télam - NA- NTV

 

 

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