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Jubilados: oficializaron un bono de $70.000 y una suba de $5.000

El ANSES confirmó el otorgamiento de la suma extraordinaria en agosto.

Por redacción
| Hace 21 horas

El Gobierno oficializó este jueves el otorgamiento del bono previsional de $70.000 en agosto, para jubilados que perciban el haber mínimo, mediante el Decreto 523/2025, publicado en el Boletín Oficial.

 

De esta manera, las jubilaciones mínimas durante agosto serán de $384.305, ya que el haber inicial para el octavo mes del año fue fijado en $314.305,37, a partir del aumento del 1,6%, determinado en línea con la inflación de junio.

 

En tanto que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $314.305 pero queden por debajo de los $384.305, el monto máximo del Bono Extraordinario Previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar esa cifra.

 

De esta manera, en el caso de que, por ejemplo, un jubilado perciba un haber de $350.000 sólo recibirá como bono $34.305. Con la ayuda previsional confirmada, las jubilaciones más bajas pasarán de $379.298 a $384.305, lo que implica una suba de apenas $5.000. Con este monto no alcanzan a comprar cuatro litros de leche.

 

El documento oficial, precisó que “para percibir el presente Bono Extraordinario Previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación” y especificó que el bono “tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.

 

Asimismo, dispuso que “en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del Bono Extraordinario Previsional que se otorga por el presente decreto”.

 

 

A quiénes les corresponde el bono de $70.000 en agosto

 

El Decreto detalló que el bono previsional será otorgado a:

 

  • Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES.
  • Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
  • Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.

 

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