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Chocó y el seguro no quería cubrir los gastos, ahora deberán pagarle 258 mil pesos

El accidente ocurrió en 2011. La compañía se negaba a hacerlo porque decía que la clienta debía cuotas.

Por redacción
| 14 de febrero de 2020
En defensa del consumidor. El juez interino dijo que fue un fallo novedoso. Foto: Archivo.

La Justicia ordenó a la aseguradora Liderar a compensar con $258.000 más impuestos a un vecino de La Ribera que en 2011 resultó herido en un accidente que lo tuvo a él y a una mujer como protagonistas. En su momento, la firma se negó a cubrir los gastos porque manifestaba que la conductora que chocó con el motociclista no había abonado las cuotas. Finalmente, el juez interino del Civil Nº 1 Ignacio Esquerré Delaunay comprobó que los pagos sí se habían efectuado.

 

"La empresa acreditó a través de un peritaje contable que no registraban los pagos. Pero el productor de seguros, que es quien intermedia entre la compañía y la consumidora, demostró a través de documentos que la familia de la demandada tenía varios bienes asegurados, entre ellos el auto que participó en el choque, y que abonaban una póliza anual”, indicó el magistrado.

 

Además sostuvo: "Interpreté, de acuerdo a las pruebas y a lo que establece la Ley del Consumidor en este tipo de casos, que la información que presentó el productor era válida".

 

A su vez, señaló que fue un fallo novedoso ya que "quizás desde una mirada más ortodoxa, solo se hubiese tenido en cuenta el informe pericial contable sin contemplar la declaración de la otra parte, con lo que se hubiese dejado sin cobertura a la persona".

 

El accidente ocurrió hace 8 años. El vecino de La Ribera circulaba en su moto por la calle Pringles, cuando al llegar a General Paz colisionó con el auto. Dos años después, demandó a la mujer y en ese momento la causa ingresó al Juzgado. 

 

Esquerré Delaunay explicó que el motociclista tenía derecho de paso, pero deslizó que también fue imprudente, por lo que "hubo un 80% de responsabilidad por parte de la mujer y un 20% del hombre. Si no hubiese sido así, la aseguradora debería abonarle $322.000".

 

Por el accidente, el hombre sufrió lesiones en su pierna izquierda y quedó con una incapacidad permanente leve. "Tuvieron que operarlo en dos oportunidades pero pudo volver a caminar", dijo el juez.

 

La sentencia quedó firme el 5 de febrero tras casi una década de espera. El magistrado mencionó que fue debido a que los procesos judiciales se dilataron, y solo la instancia de pruebas duró unos cinco años. Pero por otro lado, destacó que gracias a la aplicación del proceso de oralidad pudieron acelerar la resolución. "Esta modalidad comenzó a funcionar en el 2017 y tiene como objetivo reducir los plazos de presentación de argumentos. Consiste en que, cuando hay trabas en la instancia en la que una de las partes no contesta o se pasa de ese período, debemos hacer una nueva apertura de pruebas. Esto solía durar años, pero ahora hay un plazo de 120 días, con 40 más como prórroga. Eso ha mejorado mucho los procedimientos", recalcó.

 

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