Asumieron las autoridades del Jurado de Enjuiciamiento
El Jury cumple la función de juzgar a magistrados e integrantes del Ministerio Público.
En el mediodía de ese martes, en el Salón Blanco del Palacio de Justicia, asumieron las autoridades del Jurado de Enjuiciamiento, el órgano encargado de juzgar la conducta de los jueces y los miembros del Ministerio Público. El Jurado o Jury está presidido por el presidente del Superior Tribunal Jorge Levingston e integrado por 9 miembros: 3 magistrados, 3 abogados de matrícula provincial y 3 diputados provinciales. Según la Constitución Provincial, son designados anualmente por sorteo en acto público.
Quienes asumieron en carácter de titulares fueron Levingston (quien a su vez fue el encargado de tomar juramento al resto de los integrantes), Mariel Elisabet Linardi y Teresa de Lourdes Maletto, por parte de los magistrados. Mientras que Alfonso Hernán Vergés, Sergio Manuel Ramallo y Gimena Ramírez Couto juraron por parte de los abogados; y Silvia Sosa Araujo, Marcelo Páez Logioia y María del Carmen Gosteli lo hicieron por diputados.
Además designaron a quienes se desempeñarán como suplentes: Carolina Monte Riso (también ministra del Superior Tribunal), Horacio G. Zabala Rodríguez (h) y Sandra Gabriela Ehrlich por los magistrados; María Lucrecia San Emeterio, Alejandro A. Álvarez Misisian y Rafael Ángel Sánchez por los abogados; y por último Carlos Roberto Pereira, Ricardo Javier Giménez y María Fernanda Spinuzza por diputados.
En el acto estuvieron el ministro del Superior Tribunal Eduardo Allende y el procurador general de la Provincia Luis Martínez. Para dar fe del juramento, intervino la secretaria del Jury, Paola Susana Gianini. Por último, entregaron diplomas de reconocimiento a los miembros salientes del período 2022-2023.
De acuerdo a la Constitución Provincial este órgano tiene a su cargo juzgar la conducta de los magistrados judiciales y los miembros del Ministerio Público por mal
desempeño de sus funciones, incapacidad física o mental sobreviniente, faltas graves o la comisión de delitos comunes.
"Hay algunas constituciones provinciales que establecen que el jurado de enjuiciamiento está junto con el Consejo de la Magistratura, que se encarga de la elección, selección de jueces y formación de ternas que se remiten hacia el Ejecutivo para la designación. Aquí, en cambio, el jurado se encarga exclusivamente de juzgar magistrados", diferenció Levingston.
"Es una tarea que constituye un honor, por el cargo que uno
desempeña, pero que tiene la dificultad de juzgar a sus pares", apuntó el magistrado, quien dijo que actualmente hay causas en marcha.
"Siempre hay una merituación preliminar en cuanto a la verosimilitud que tiene la denuncia. Si el jurado de enjuiciamiento entiende que hay méritos suficientes para la formación de la causa se dispone la apertura y luego viene comúnmente lo que se conoce como el juicio oral en donde cada parte, el acusador y el denunciado ofrecen sus pruebas y el juzgado resuelve", resumió sobre el funcionamiento del jurado.
Redacción/MGE
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