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Abusos sexuales: una jueza explicó por qué le dio la prisión domiciliaria a Figueroa

Si bien recordó que, según el nuevo Código Procesal Penal, el acusado ya excedió el máximo de dos años de prisión preventiva, decidió extender esa medida bajo la modalidad domiciliaria atento "a su historia clínica".

Por redacción
| 06 de noviembre de 2024

Sandra Ehrlic, la jueza de Villa Mercedes que el viernes pasado resolvió que Víctor Figueroa, el entrenador de básquet acusado de violar a una nena, continuará el encarcelamiento preventivo bajo la modalidad de prisión domiciliaria, dio a conocer los argumentos de su decisión. Lo primero que recordó la magistrada es que, según el Nuevo Código Procesal Penal de la Provincia, que entró en vigencia hace tres años, "la prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, sin que se haya dictado sentencia". Pero también destacó que, si la causa lo ameritaba, ese plazo puede extenderse un año más. Argumentó que ella decidió prorrogar ese tiempo, tal cual lo establece la excepción, pero consideró que debía ser "bajo una modalidad morigerada" atento al planteo de la defensora oficial, Rocío Mediavilla, quien señaló la historia clínica del imputado.

 

 

Según lo informado por la Oficina Judicial del Colegio de Jueces en lo Penal, todas las partes intervinientes en la causa fueron notificadas debidamente sobre la realización de la audiencia, para que pudieran participar de ella el pasado viernes. Fue así que, de acuerdo a lo comunicado por los voceros judiciales, asistieron a ella, de manera presencial, en la sala de juicios la defensora de Figueroa y, de forma remota, el acusado desde el Servicio Penitenciario, el fiscal Ernesto Lutens y la defensora de Niñez y Adolescencia Victoria Cortázar. Furnari. También recordaron que dicha audiencia se celebró por pedido del fiscal para tratar justamente el vencimiento de la prórroga de la prisión preventiva.

 

 

Ehrlich manifestó que, más allá de que el nuevo Código establece que la medida de coerción no puede exceder los dos años, también remarcó que "cuando la cantidad de los delitos atribuidos al procesado o la evidente complejidad de la causa hayan impedido el dictado de la misma en el plazo indicado, ésta podrá prorrogarse por un año más, por resolución fundada".

 

 

El ex entrenador de básquet de la Sociedad Italiana de Villa Mercedes está en el Penal de San Luis desde el 17 de agosto de 2021, cuando fue procesado por "Abuso sexual gravemente ultrajante". Pero un año más tarde, a raíz de las pruebas producidas a lo largo de la investigación, la calificación del delito se agravó y mutó a "Abuso sexual con acceso carnal" con "Corrupción de menores".

 

 

Al momento de resolver, la jueza contempló los criterios de razonabilidad, proporcionalidad, necesidad e idoneidad y la existencia de peligro procesal. Una vez analizados esos puntos, concluyó que sí, se "excedió el plazo razonable de la prisión preventiva que establecen las normas, pero también tuvo en cuenta lo expuesto por el fiscal y la defensora de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación "a la situación de vulnerabilidad de la presunta víctima".

 

 

Destacó, entonces, la obligación que surgen a partir de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém Do Pará) y que ellos impone asegurar la realización del debate oral.

 

 

Por ello todo ello consideró que la prisión preventiva del acusado es "absolutamente necesaria para salvaguardar los fines del proceso", porque es "la única manera de evitar que el presunto autor del delito enrostrado intente obstaculizar la realización del juicio, alterando su curso". Sin perjuicio de ello consideró que "necesariamente la medida de coerción debe ser morigerada, atento lo expresado durante la audiencia por la defensora Rocío Mediavilla". La representante de Figueroa presentó la historia clínica del imputado, emitida por instituciones públicas, el Penal y el hospital Ramón Carrillo. Cuando la defensora mencionó ese punto ninguno de los abogados que participaron de la audiencia la objetó.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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